Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 30 de noviembre de 2015


Lunes 30 de Noviembre de 2015

Siguen siendo leguleyos

La prensa de este fin de semana pasado ha recogido el tenor del escrito del Parlamento catalán solicitando se levante la suspensión de la resolución independentista catalana. Se ha hablado, por algunos, de que se intenta rebajar el significado a una mera declaración de intereses políticos sin contenido jurídico vinculante alguno. En otras palabras, el Parlamento habría votado una desiderata política que no sería recurrible ante el Tribunal Constitucional. ¡Es decir, el descubrimiento de la piedra filosofal!

Lo curioso es que con ese escrito el Parlamento, a la postre, reconoció  que aquello no es vinculante; pero, alcanzando una buena conclusión, se equivoca claramente en las premisas, porque esa declaración, en este caso, es más que desiderata: es una  nulidad jurídica radical en forma de resolución.
 Donde tampoco acierta el Parlamento es en sostener que puesto que no produce efectos jurídicos no es recurrible, porque, tratándose  de una nulidad radical, no por eso es indiferente al Derecho, pues mientras que no se anula por el órgano correspondiente sí produce efectos. Por eso, cabe recurrir y se crea el poder-deber del Tribunal Constitucional de ordenar, primero, la suspensión de la eficacia del acuerdo o resolución, y, después, de declarar su nulidad, estableciendo e imponiendo sanciones para el caso de desobediencia si se intenta convertir la desiderata en  realidad.

Todo esto lo sabe el Parlamento catalán, pero, sin pudor, lo dicen “por si cuela”, como los leguleyos.

Valentín Cortés