Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 7 de noviembre de 2019


Jueves 7 de Noviembre de 2019

La rectificación

El Presidente del Gobierno ha admitido que se equivocó ayer; no sé si se trata de un reconocimiento en via política, o si acaso lo es en su vertiente jurídica.

Es grave que el Presidente atribuya su equivocación al cansancio, porque, pienso, que el cansancio no me debe llevar a decir nunca que lo blanco es negro, ni siquiera que lo gris es negro. Es tanta la diferencia en admitir que la Fiscalía es autónoma (dice él), pero también independiente y sometida al principio de legalidad e imparcialidad (digo yo o completo yo) a manifestar que él dirige la actuación de la Fiscalía, que, siendo benévolo y sólo pensando en Derecho, yo diría que necesita un reciclaje urgente en cuestiones básicas constitucionales del Estado Español. La cuestión es, pues, grave.

Valentín Cortés

 

 

Miércoles 6 de Noviembre de 2019

La imprudencia jurídica del Presidente de Gobierno

Dice el presidente del Gobierno (vid. www.republica.com) que se compromete a traer a Puigdemont a España, justificándolo en que la Fiscalía depende del Gobierno.

No sé si estas declaraciones son políticamente inoportunas (lo que no es mi tema), pero sí sé que son inexactas e imprudentes desde el punto de vista del Derecho.

La Ley Orgánica 24/2017, que modificó el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, no sólo no restringió la autonomía e independencia del Ministerio Fiscal respecto del Gobierno, sino que aumentó las garantías de estas cualidades, entre otras cosas porque el Ejecutivo no puede cesar por su sola voluntad al Fiscal General que hubiera nombrado, juntamente con el poder Legislativo (arts. 29 y ss).

Y si bien el Ejecutivo puede pedir que la Fiscalía General promueva la acción de la Justicia en defensa del interés público (art. 8), aquella no puede actuar sino sometida al principio de legalidad (art. 6) y de imparcialidad (art.7), de modo que difícilmente la Fiscalía tiene un papel importante o decisivo en la extradición de Puigdemont, máxime cuando la orden de detención europea, en la legislación española, es función exclusiva de los jueces y tribunales y no del Ministerio Fiscal.

Valentín Cortés