Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 9 de mayo de 2017


Miércoles 10 de Mayo de 2017

Las renovables y el Laudo del CIADI

Dejemos hoy los escándalos, la corrupción, los sumarios judiciales y el tema catalán; por eso quiero dar mi opinión sobre el laudo dictado por el CIADI en el tema de las energías renovables, tema que sigue estando muy presente en la prensa y sobre el que me interesa destacar, posiblemente, una obviedad, pero que no podemos perderla de vista para futuros litigios pendientes.

Para mí lo más resaltable es que, como no podía ser menos, el tribunal arbitral no cuestiona la potestad que tiene el Estado español de cambiar su legislación. Ello tiene la enorme trascendencia, en el ámbito internacional, que no se discute ni se puede discutir la reforma legislativa que, como cualquier reforma de la ley, nos puede venir bien o mal, pero no hace nacer el derecho a la indemnización de los daños que se puedan producir por el cambio. Las modificaciones legales cambian las situaciones y relaciones jurídicas y se llevan a cabo por intereses que exceden los de los particulares.

El laudo habla de que el Estado estaba obligado por Convenio internacional a otorgar en todo caso a los inversores un trato justo y equitativo, y que no lo otorgó; y es aquí donde la decisión muestra su peligro o debilidad, según se mire, pues el concepto de trato justo y equitativo es claramente relativo y apreciable.

Valentín Cortés

 

Martes 9 de Mayo de 2017
Es urgente acabar con las filtraciones
Abro la página digital de www.abc.es y leo, desde mi condición de procesalista, las dos noticias de cabecera que llevan estos títulos: “Los Pujol una organización criminal con un plan para ocultar su dinero” y “La monjita forrada”. Los Pujol ni han sido juzgados, ni han sido condenados; están siendo investigados.
Hablo de este caso y de este periódico, pero es un lugar común decir que los españoles conocemos no sólo las investigaciones sumariales, sino los informes de la policía y de la Guardia Civil que les solicitan los jueces de instrucción.
Es evidente que en esas noticias no existe la presunción de inocencia, ni el secreto de las actuaciones judicial, ni se preserva la fama y honra de los investigados. Si el art. 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece el carácter reservado de las actuaciones sumariales y la penas que pueden imponerse a los funcionarios o abogados y procuradores de las partes por trasgredir esa prohibición, no sería extraño que fueran señalados como responsables de este escándalo reiterativo a los que tienen el deber de evitarlo o mitigarlo imponiendo sanciones a los culpables: los jueces.
Valentín Cortés