Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 29 de marzo de 2022

 

Miércoles 30 de Marzo de 2022

 

La limitación de la actualización de los alquileres

Conviene insistir en la inconstitucionalidad e ilegalidad máxima que supone que el Gobierno decida, aunque sea temporalmente, que la actualización de los alquileres no pueda superar el 2% de la renta inicial del contrato de alquiler. Y por Real Decreto Ley.

 Hemos insistido en varias ocasiones en este blog que esta disposición que ahora se aprueba supone una intromisión del Estado en un marco jurídico dispositivo, que hace pagar los efectos de la inflación a una parte de los ciudadanos, porque parece que es obvio que para el Gobierno la inflación existe, y por eso hay que protegerlo, para el arrendatario, pero no así para el arrendador que debe soportarla, para beneficio sin causa del Estado que es quien por la Constitución debe, con los impuestos, sufragar la política económica del Gobierno( art. 31 de la Constitución).

Se trata de una quiebra de la economía de mercado (art. 38 de la Constitución), de una violación y expropiación del derecho de propiedad y de su disposición (sin la correspondiente indemnización) (art. 9.3 de la Constitución) (art. 33 de la Constitución) y de un claro atentado al principio de igualdad (art. 14 de la Constitución), todos ellos derechos y principios que están consagrados, pues, por la Constitución.

Se trata de una norma que devuelve al ordenamiento jurídico español al que corresponde a los regímenes totalitarios( el Régimen de Franco también tenía estas ocurrencias jurídicas) y de claro signo comunista, que esperamos, encuentre, aunque sea tarde, la correspondiente sanción del Tribunal Constitucional declarando la nulidad de la norma que ahora se aprueba.

Valentín Cortés

 

 

 

Martes 29 de Marzo de 2022

 

Los políticos catalanes en su laberinto de desobediencia

Ha terminado el plazo que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña había dado a la Generalidad catalana para que tomara las medidas necesarias para garantizar que todos los alumnos recibieran de forma efectiva e inmediata la enseñanza, por lo que respecta al español, al menos en el 25 por ciento de las materias. Medidas que no se han tomado, por muchos anuncios que se hayan hecho de modificaciones legales.

Eso significa que la Generalidad y sus responsables en la enseñanza no han cumplido voluntariamente la sentencia y se inicia (si así lo piden los legitimados para ello) la fase de ejecución judicial.  Cuando la ejecución de la sentencia depende exclusivamente de la voluntad del ejecutado, no pudiéndose sustituir la realización de sus actos de ejecución por otros de la propia Administración de Justicia, se pone en marcha un sistema muy simple de coerción y de coacción judicial para doblegar la falta de voluntad del ejecutado, lo que conlleva requerimientos a un hacer concreto y sanciones de todo tipo, incluidas las penales, cuando menos, por delito de desobediencia.

 Al final, dada la tendencia al fraude legal y a la desobediencia de ciertas autoridades autonómicas catalanas, mucho me temo que se inicie un peligroso camino de responsabilidades penales personales  que acabará, sin duda, con la protección total e integra del derecho a la tutela efectiva que se les ha reconocido a los recurrentes que dieron lugar al recurso que ha dado a esta sentencia firme que ahora  empezará a ejecutarse judicialmente.

Valentín Cortés