Martes 31 de Marzo de 2015
El pacto de Convergencia con ERC sobre la declaración de independencia de Cataluña.
Yo sé que es cansino
hablar de este tema, pero creo que lo es desde el punto de vista político. No,
desde el jurídico, que es el nuestro.
Lo que pacten dos partidos políticos en relación con la Constitución española, incluso su demolición y ruptura,
nos podrá gustar o no, pero es admisible jurídicamente; pero -es cuestión de
forma( y el Derecho es forma)- hay que
hacer lo pactado de acuerdo con la Ley, es decir, de acuerdo con la Constitución.
Es tan básico que no creo que lo puedan obviar
las partes en el pacto.
Pero, ¡da la casualidad, que las partes han pactado una ruptura
anticonstitucional!
Necesariamente, las palabras del Presidente de Gobierno, que hoy
recoge toda la prensa digital (“Ningún Gobierno de España va a autorizar la ruptura
de la soberanía nacional”), hay
que interpretarlas en ese sentido. Lo que significa que, de seguirse con el
pacto, antes o después habrá que aplicar la Constitución y, en concreto, el art.
155.
Valentín Cortés