Lunes 21 de Diciembre de 2020
La repetición del juicio
contra Otegui y otros por la reconstrucción de Batasuna y las expectativas
económicas
Después de la anulación del juicio seguido
en la Audiencia Nacional contra Otegi y otros por la reconstrucción de Batasuna,
por parcialidad del tribunal juzgador, el Tribunal Supremo ha ordenado repetir
el juicio, como es lo normal cuando las sentencias se anulan por un defecto de
forma y no hay absolución o condena.
Leo en la prensa de hoy que el
abogado de Otegui ha recurrido al Tribunal Constitucional en amparo porque esa repetición
no ha sido solicitada por los interesados que son precisamente según ese
abogado, los entonces condenados (sic).
El argumento es tan simplista
como ajurídico. Es evidente que un condenado tiene inmejorables expectativas económicas
si no se repite el juicio anulado que en su día lo condenó a la privación de
libertad, porque si se repite corre el riesgo que, ahora, lo condenen con todas
las garantías, y no cobrar, como pretende, la indemnización que, por lo que se
ha manifestado, piensa pedir al Estado.
En efecto, el interesado jurídica
y procesalmente no es el Sr. Otegi, sino eso que llamamos el interés y
el orden públicos que, en el caso concreto, se concentra en que todo juicio
penal debe terminar con la absolución o con la condena del acusado, para así si
es condenado dar por cumplidos los años que haya podido estar en la cárcel y,
por si no lo condenan, pueda el Sr. Otegui, ahora sí, pedir el resarcimiento
correspondiente por una prisión sufrida injustamente.
Valentín Cortés