Martes 18 de Mayo de 2021
Los jueces no son “autoridad
sanitaria”
He leído en www.europapress.es la noticia sobre el
contenido del informe de la Fiscalía del Tribunal Supremo emitido para apoyar
el recurso ante el Tribunal Supremo que la Junta de Andalucía ha presentado
contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anulando el
cierre perimetral del municipio granadino de Montefrio.
No sabemos todavía la decisión que tomará el Tribunal
Supremo, pero, aun así, me interesa resaltar ahora que el mencionado informe de
la Fiscalía se mueve hacia la idoneidad sanitaria de la medida, soslayando el
problema jurídico, que es, entiendo, el único que interesa a los Tribunales en
este tema: que no es otro que si, de forma generalizada e indiscriminada, se pueden limitar derechos fundamentales, y sólo a través de Ley Orgánica, sin proclamación del estado de alarma, basándose para la solución afirmativa en interpretaciones amplias de
la Ley 3/1986 de medidas especiales en materia de salud pública. Porque lo que está
pidiendo la fiscalía es que el Tribunal Supremo se convierta en autoridad
sanitaria y decida en función de una pretendida bondad sanitaria de la medida
adoptada.
La importancia de la decisión futura
del Tribunal Supremo estará no en que sea una decisión sanitaria, sino
en que sea estrictamente jurídica, para lo que, necesariamente según nuestra
opinión, deberá entrar en el problema que hemos dejado planteado.
Valentín Cortés