Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 21 de octubre de 2026

 

  Miércoles 21 de Octubre de 2026

El Tribunal Supremo(TS) acata la decisión del Tribunal Constitucional(TC) sobre la amnistía de la malversación

El tenor de la decisión del TS aplicando la amnistía al Sr. Puigdemont y demás condenados por malversación de caudales públicos, tras la sentencia del TC amparándolos, me parece un monumento al Estado de Derecho.

Y lo es, en términos muy simples y sencillos, porque, de una parte, acata sin duda alguna el mandato constitucional que da a las sentencias del TC, decisorias sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, fuerza de cosa juzgada y, por consiguiente, de obligada observancia y aplicación (art. 164.1 Constitución): así, pues, el TC ha declarado que en la ley de amnistía está incluida la malversación cometida por esos señores y el TS dicta su resolución de acuerdo con esa declaración.

Pero, de otra parte, esa obediencia constitucional no es óbice para que el TS se olvide de lo dispuesto en el art. 123.1 Constitución, y, en consecuencia, ponga de manifiesto que esa decisión del TC, (como otras anteriores, a las que hemos hecho referencia en el pasado en este blog) vulnera el mandato contenido en esa norma constitucional. Bajo mi punto de vista no es una manifestación obiter dicta, que se dice de pasada, sino una manifiesta y pública puesta en conocimiento del TC de que las competencias constitucionales del TS están siendo asumidas inconstitucionalmente por el TC.  Para el TS, el Estado de Derecho se agrieta cuando alguno de sus órganos se separa de la función constitucional que se le ha asignado y, además, se hace de forma reiterada.

Valentín Cortés

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