Lunes 19 de Octubre de 2026
El recurso de amparo del
Defensor del Pueblo, ¿Qué derecho constitucional individual y concreto se pretende
proteger?
Hemos sabido este fin de semana que
el Defensor del Pueblo ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional
contra la medida del Tribunal Supremo ordenando a la Junta Electoral Central no
incluir cautelarmente en el censo electoral a los llamados “nietos”, que adquirieron
la nacionalidad española en virtud de la famosa “Instrucción” de una Directora
General del Ministerio de Justicia (con fraude a la Ley de Memoria Democrática).
Ni voy a hacer aquí, ni está en mi ánimo, un juicio de intenciones políticas de
tal interposición de recurso, pero sí diré que me parece imposible admitir (y no
lo hago) que tenga en su base el más mínimo rigor jurídico, ni siquiera con una
interpretación muy laxa del Ordenamiento Jurídico. Además de lo que ya
expusimos el pasado día 13 del presente mes, y de lo que la prensa ha afirmado
acertadamente, me detengo en un solo dato: con el recurso de amparo se pretende
proteger un derecho fundamental de alguien concreto (o perfectamente identificado
o identificable en las propias actuaciones judiciales) por una decisión de los órganos
judiciales y siempre que se haya producido tal violación del derecho
fundamental invocado. En nuestro caso, además de no ser firme esa decisión (art.43.1
Ley Orgánica del Tribunal Constitucional), existe un problema que requiere una previa
solución: deducir de las actuaciones judiciales, o designar, las personas concretas
a las que se le ha violado ya tal derecho, porque las violaciones de derechos
constitucionales no son abstractas sino subjetivas y concretas, ya que los
derechos constitucionales (arts. 14 al 29 de la Constitución) son por
naturaleza subjetivos. Por si esto fuera poco, el recurso se presenta
antes de que esos desconocidos titulares del derecho hayan podido siquiera ser
notificados de la violación de su derecho (art.43.2 de la ley citada)y decidir
si quieren o no protegerlo.
Valentín Cortés
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