Jueves 27 de Junio de 2024
Otro ejemplo más de la insuficiencia democrática grave
de este Gobierno
Hoy publica el BOE otro RDL (el
4/2024 de 26 de Junio) que pomposamente se intitula: “por el que se prorrogan
determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales
derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas en materia fiscal, energética y
social”. Como siempre un batiburrillo de materias, que prácticamente nada
tienen que ver con el titulo del RDL, que carecen de la extraordinaria y
urgente necesidad que exige el art. 86 de la Constitución para habilitar al Gobierno a legislar y que
van contra la consolidada doctrina del Tribunal Constitucional de prohibir
mezclar materias que requieren tratamiento por separado y de discusión en el correspondiente
trámite legislativo parlamentario. En resumen, un dechado de inconstitucionalidad.
Y como exponente máxime de esa inconstitucionalidad
la Disposición derogatoria única :”En
particular, queda derogado el art. 43 bis de la Ley de Enjuiciamiento
Civil”.
Esta norma fue introducida en la LEC
por el RDL 6/2023 de 19 de Diciembre, y en ella se establecía la tramitación de
las llamadas cuestiones prejudiciales europeas, estableciendo la suspensión de
la tramitación del proceso donde se planteara la duda. Norma que obviamente no gustó a los
independentistas catalanes. Recordemos todos los procesos en trámite ahora por
la aplicación de la Ley de amnistía y las dudas que se plantearán por los
jueces españoles al TJUE. Los leguleyos que propician esa derogación posiblemente
no son conscientes de que la suspensión se producirá igualmente, porque la
misma viene impuesta por el Derecho de la Unión diga lo que diga el derecho nacional. Pero, nada quita que, en mi opinión, sea una descarada burla inconstitucional y un intento de maniatar al Poder Judicial .
Valentín Cortés
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