Miércoles 30 de Junio de 2021
El referéndum de autodeterminación
Ha dicho el Presidente de Gobierno hoy
en el Congreso que no habrá referéndum de autodeterminación en Cataluña. Y lo ha
querido decir con cierta solemnidad. Por supuesto que no hago juicio de
intenciones y no pongo en duda las palabras del Presidente. Es más, estoy
seguro de que no habrá tal referéndum.
Pero, realmente, decir tal cosa es
decir nada; porque sabemos que la secesión de una parte del territorio nacional
está prohibida por la Constitución (art. 2) y que, en consecuencia, un referéndum
sobre ello no sólo sería ilegal sino contrario a la Constitución: el derecho de
autodeterminación, pues, no existe en nuestro ordenamiento constitucional.
Los independentistas catalanes
conocen que lo que piden formalmente es imposible conseguirlo sin modificar la Constitución;
e igualmente saben que esa modificación es ontológicamente imposible. Por eso no
la piden. Lo que me hace pensar que la autodeterminación se exige sólo
formalmente, para conseguir, quizá, en el chalaneo, un estatuto que formalmente
mantenga la unidad de España (art.2 citado), pero que, en la práctica, suponga
el reconocimiento de tal autodeterminación; estatuto que, ese sí, debería ser
sometido a referéndum de aprobación en la región catalana (art. 152.2 de la Constitución).
Es en este punto donde el Presidente debería manifestarse con la misma
solemnidad y firmeza.
Valentín Cortés
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