Martes 31 de Enero de 2017
Los
llamados procedimientos exprés de los Bancos para pagar indemnizaciones por las
clausulas suelo.
Ayer supimos que algunos bancos (Bankia
y BMN) han puesto en marcha unos “procedimientos”, (que llaman “exprés”) para satisfacer
de forma generalizada las indemnizaciones por la nulidad de las clausulas suelo.
Ese “procedimiento”, que es más
bien un “protocolo de actuación”, es la manifestación de que se ha decidido no
discutir la pretensión de los clientes de forma generalizada. Lo que no significa que realmente todas las
clausulas suelo, de todas las escrituras de hipoteca que se firmaron por esas
entidades, puedan ser consideradas abusivas en el sentido de la jurisprudencia
del Tribunal Europeo, sino que, a la entidad bancaria, por razones comerciales,
de imagen o de descuento de gastos en tiempo, abogacía, costas judiciales o posibilidad de acuerdo en el modo de pago, le
conviene más pagar de forma generalizada que discutir lo que, en teoría, seguro
se podría discutir jurídicamente.
Podríamos decir que se ha calculado
el coste de oportunidad de mantener lo que, en principio, se podría entender como
la interpretación correcta de la sentencia del Tribunal Europeo. Lo que puede
sufrir es, sin duda, el prestigio de las entidades bancarias, que aparecerán
como insensibles en el pasado a la legalidad
y derechos de sus clientes, lo que, estoy seguro, no ocurrió con las clausulas
suelo de forma generalizada.
Valentín Cortés
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