Jueves 12 de Febrero de
2014
El proceso contra el Sr. Imbroda ante el Tribunal Supremo.
Toda la prensa recoge que la Sala Segunda del Tribunal Supremo se ha declarado competente
para tramitar una causa por prevaricación contra el Presidente de la Ciudad Autónoma
de Melilla. Eso significa que dicha Sala ha creído que hay, en la exposición
detallada y razonada del Juez de Melilla, unos hechos que revisten carácter de
delito de prevaricación. La prevaricación, según la prensa, habría consistido
en contratar directamente a un abogado para la llevanza de unas determinadas causas laborales en los últimos diez años.
No sé nada de los hechos, tampoco si la Ciudad Autónoma tiene un
servicio público de Abogados de la Ciudad, al estilo de los Abogados del Estado,
si hay o no normas autonómicas que le imponen al Presidente de la Ciudad un
determinado procedimiento para elegir abogado. Lo que sí sé es que el abogado, más
que ningún otro profesional liberal, lo es o tiene que ser de estricta confianza
del cliente; y en esas circunstancias, si hay alguna norma que impide elegirlo
desde esas coordenadas, me parece evidente que la norma debería ser derogada de
forma inmediata, porque bueno fuera que por no prevaricar hubiera que contratar
o a un zoquete o a alguien que no fuera de la estricta confianza del cliente (en
este caso, Gobierno de la Ciudad).
Valentín Cortés
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