Martes, 26 de Marzo de 2013
Modificación
de la Ley de enjuiciamiento Civil en materia de ejecuciones hipotecarias.-
En la edición
digital del diario El Mundo leo una noticia de Europa Press relativa a las
intenciones del Grupo Popular presentando enmiendas al proyecto de iniciativa popular
en materia de desahucios.
Parece ser
que las enmiendas van por buen camino, aunque se ha escogido un camino que consiste
en paralizar la ejecución desde dentro, cuando quizá hubiese sido preferible
paralizarla desde fuera si se interpone una demanda en juicio declarativo; este
camino es igualmente válido. Hoy solo comentaré las enmiendas que se refieren a
cuestiones puramente procesales en las ejecuciones hipotecarias
.
Las
ejecuciones hipotecarias se suspenderían cuando el juez entienda que alguna de
las clausulas puedan ser consideradas o
declaradas abusivas y sean esenciales en la ejecución del título hipotecario. E
Igualmente cuando una de esas cláusulas sea determinante para la liquidación de
la deuda que se haya efectuado. Me
parece acertado.
Las suspensiones
acordadas por el juez se resolverán en un plazo corto con audiencia de las
partes.
La modificación
legal se aplicaría a todas las ejecuciones en tramitación.
Este camino,
si se confirma, protegerá a los deudores hipotecarios y no supondrá una amenaza para la estabilidad
del mercado financiero.
Valentín
Cortés
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