Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 10 de enero de 2018


Miércoles 10 de Enero de 2018

 La demagogia y el Derecho 

(A Antonio Domínguez Uribe)

La necesidad de que los impuestos estén dirigidos a la obtención de recursos económicos para hacer frente a los gastos y necesidades del Estado permite, sin más, la creación de unos impuestos para hacer frente, aunque sea parcialmente, a los gastos del Estado derivados de la obligación de pago de las pensiones. Si esos impuestos van directamente dirigidos a una clase o tipo de personas jurídicas (las entidades financieras) es evidente que tiene que haber una justificación, más allá de la capacidad económica, para que ese impuesto obligue a unas personas sí y a otras no.

En esa justificación no cabe ni la demagogia ni, menos, la falsedad o inexactitud, porque entonces, peligrosamente, peligra la vida del impuesto por su patente inconstitucionalidad, pues la Constitución impone, entre otras cosas, el principio de igualdad y de universalidad del impuesto.

Lo digo porque el Sr. Sánchez (PSOE)justifica un nuevo impuesto a la Banca para hacer frente al pago de las pensiones en un dato demagógico y falso: el coste del rescate bancario no lo sufragaron, al contrario de lo que afirma este señor, los españoles, porque éstos lo que sufragaron fue la salvación del sistema financiero, de la economía nacional y del dinero y patrimonio de los depositantes, quizá un grupo más numeroso que el de los pensionistas-.

Valentín Cortés

lunes, 8 de enero de 2018


Martes 9 de Enero de 2018

¡Hasta el fraude tiene justificación!

Es imposible soslayarse al asunto catalán; quizá porque es una fuente inagotable de opiniones jurídicas.

Obsérvese bien que digo “jurídicas” y no políticas. Ello es así porque los independentistas tienen una tendencia clara a hacer jurídicos (más bien, antilegales) los problemas políticos. Así, pues, digo que aquellos (los independentistas) están  destinados a vivir con y para el fraude legal de forma continuada, porque, por ejemplo, no siéndoles propicia la ley, incluso la que ellos se han dado forzando todos los límites jurídicos y constitucionales ( como el Reglamento del Parlamento), la fuerzan para hacer posible sus deseos. Así para que el Sr. Puigdemont sea Presidente se plantean modificar de nuevo el Reglamento para hacer posible la “investidura telemática”, porque curiosa y vanamente desean estar amparados por una pretendida legalidad que los legitime frente a sus seguidores.

Y con ello inexorablemente utilizan la autocomplacencia que justifica la ilegalidad y el fraude; autocomplacencia que ahora se concentra en pensar que es más difícil detener a un Presidente de Generalidad que a un diputado del Parlamento catalán y que,  posiblemente, ¡el mundo occidental se desmoranía si el Gobierno procediere a esa detención!

Desgraciadamente, estando tan lejos del Derecho no comprenden ni asimilan lo que es un Estado de Derecho.

Valentín Cortés

Lunes 7 de Enero de 2018

El “Derecho que es” y el “derecho que nos gusta”

Desde el punto de vista jurídico, que es el nuestro, lo más relevante en estos primeros días del año, que hemos estado ausentes, ha sido la “ajuridicidad” de los argumentos expuestos por el Sr. Junqueras en el recurso que interpuso contra la decisión del Magistrado Instructor de mantenerle la prisión provisional incondicional.

No opinaría sobre ello si no fuera porque, en el fondo, la utilización del argumento ajurídico lo que demuestra, amén de carecer de los jurídicos, es el enorme y genético desprecio por el ordenamiento jurídico que siente el independentismo, como como todo movimiento totalitario. El Derecho, pareciera que nos dice el Sr. Junqueras, no va con él ni con su “proceso”, que admiten cualquier violación del Derecho con tal de tener, el infractor, las cualidades morales y religiosas que el Sr. Junqueras se atribuye: ser hombre de paz y tener un profundo sentido religioso.

En otras ocasiones hemos dicho que, en un Estado de Derecho, no existe el “derecho que nos gusta”, sino el “Derecho que es”. El “Derecho que es”, siempre, se muestra independiente de nuestras convicciones, nada digamos de nuestras ilusiones morales y religiosas.

Valentín Cortés

 

 

viernes, 29 de diciembre de 2017


Viernes 29 de Diciembre de 2017

 

¡Feliz Año Nuevo!

Después de tantos días escribiendo en este blog opiniones jurídicas sobre lo que pasó, en España, en el día a día de este año 2017, sólo me queda felicitarles por el nuevo año que nos llega que, sin duda, será mucho mejor que el presente. No es un deseo que expreso, sino una realidad que adelanto se producirá. Si no es así, estoy dispuesto a rectificar dentro de un año, cuando acabemos 2018.

 Mientras tanto, hasta el día 8 de Enero  y ¡Feliz año nuevo!

Valentín Cortés

 

jueves, 28 de diciembre de 2017


Jueves 28 de Diciembre de 2017

La irresistible tendencia al fraude de Ley

La prensa de hoy recoge las maniobras que se están haciendo en los partidos independentistas para soslayar el problema que supone para la investidura del nuevo Presidente la existencia de parlamentarios electos fugados y otros encarcelados. Parece que todo pasa por llevar a cabo una interpretación pro domo sua del art. 93 del Reglamento del Parlamento catalán que permite el voto por delegación en los casos de baja por maternidad o paternidad, hospitalización, enfermedad grave o incapacidad prolongada, permitiendo la norma que la Mesa fije los criterios para en esos casos el voto por delegación y, en su caso, el voto telemático.

Hay que decir que las interpretaciones de la norma jurídica no pueden ser contra legem, o, dicho de otra forma, no cabe una interpretación de la norma  que nos lleve a un resultado contrario a la ley. Igualmente, establece el art. 3.1 del Código Civil que las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras; y el art. 4.1, aunque permite la aplicación analógica, requiere que los supuestos no regulados sean semejantes a los regulados por la norma.

No creo que el encarcelamiento o la huida de la Justicia encaje en ninguno de los supuestos que hemos citado.

Pero, como vemos que persiste la irrefrenable tendencia al fraude de Ley de los independentistas, mucho me temo que la nueva legislatura empezará como terminó la anterior: con la intervención de los Tribunales.

Valentín Cortés

miércoles, 27 de diciembre de 2017


Miércoles 27 de Diciembre de 2017

Una pueril mentalidad jurídica

He leído en www.europapress.es dos noticias que provienen de los independentistas catalanes:
-la una, que la Diputación permanente del Parlamento catalán ha aprobado recurrir la aplicación del art. 155 ante el Tribunal Constitucional, por entender que las medidas adoptadas por el Gobierno con la aprobación de Senado (cese del Gobierno y disolución del Parlamento catalanes) “no eran necesarias”, que es, como sabemos, requisito que se contempla en el art. 155.
-la otra, que el partido del Sr, Puigdemont se ha impuesto, como objetivo político de futuro, restituir a Puigdemont y a su gobierno y conseguir una rectificación del Estado”.
Son claramente dos medidas complementarias pues, supuesta la primera, como corolario hay que adoptar la segunda. Pero, según mi criterio, se trata de una complementariedad jurídicamente pueril.
En efecto, es difícil que el requisito de necesariedad que impone el art. 155 pueda ser controlado por el Tribunal Constitucional, pues la Constitución lo asigna en exclusiva al Gobierno con la aprobación del Senado. Lo que sí podría el Tribunal Constitucional es controlar que las medidas, que se consideren necesarias por el Gobierno, no vulneren la Constitución. Como ya dije en otra ocasión, la supresión de las instituciones autonómicas hubiese sido inconstitucional, pero no el “cese”, pues, tanto existe el Parlamento, que éste ha aprobado recurrir precisamente ese acuerdo del Gobierno de la Nación; y tanto existe el Gobierno, que ha habido elecciones precisamente para nombrar a los nuevos integrantes del mismo:¡y, por supuesto, no para restituir a nadie en sus puestos de gobierno!

Valentín Cortés

 

 

martes, 26 de diciembre de 2017


Martes 26 de Diciembre de 2017

La Ética y el Derecho en la clase política

La Presidenta de Andalucía ha insistido, en estos días de mensajes navideños, y sin decirlo directamente, en la idea de la supremacía de la Política sobre el Derecho. Ha manifestado, sin pudor ante las cámaras de televisión, que los Sres. Chávez y Griñán son “honestos y decentes” y que “nadie puede decir que se hayan llevado un duro”.

Por supuesto que el Derecho no es coincidente con la Moral, pero, en cambio, la Ética siempre ha estado asociada a los convencionalismos sociales protegidos por el Derecho. En un Estado de Derecho no hay Ética fuera del Derecho.

En esas declaraciones de Susana Diaz, como ocurre mutatis mutandi con lo que oímos a diario de los independentistas catalanes, lo político se sitúa mas allá del Derecho, porque, para ella, un comportamiento antijurídico puede ser ético siempre que el concernido no se haya directamente enriquecido.

Es asombroso observar cómo se pueden degradar el Derecho y la Ética cuando los políticos tratan de proteger intereses de los suyos, pues intentan conseguir que la violación del Derecho no sea éticamente rechazable; el paso siguiente será acomodar y asentar esa idea de la Ética en el Derecho que a ellos concierne. Por eso citaba antes a los independentistas catalanes.

Valentín Cortés