Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 22 de diciembre de 2022

 

Jueves 22 de Diciembre de 2022

La nueva decisión del Tribunal Constitucional de mantener la medida cautelarísima.

La decisión del Tribunal Constitucional de mantener la medida cautelarísima de suspensión de la tramitación de las enmiendas, también en el Senado, tiene todo el sentido jurídico y constitucional, a pesar de lo que haya podido declarar algún miembro del propio Tribunal.

 Es más, levantar la medida por el hecho de que ahora la proposición de ley se tramita en el Senado hubiera sido, desde el punto de vista jurídico, un sin sentido.  Basta recordar que el proceso legislativo en España es bicameral, pues todo proyecto de ley o proposición de ley debe pasar inexorablemente por la aprobación de ambas Cámaras; por eso, si el Tribunal Constitucional había llegado a la conclusión de que debía proteger cautelarmente el derecho parlamentario de determinados Diputados a debatir una determinada proposición de ley en el Congreso, lo sorprendente sería que se negara ese derecho a debatir, permitiendo que el Senado lo hiciera para aprobar la proposición de ley que no había sido debatida y tramitada correctamente en el Congreso.

Por eso, por la obviedad del tema, yo me imagino que el escrito del Senado, personándose y pidiendo el levantamiento de la medida, iba más bien dirigido a posibilitar de nuevo el planteamiento, sin problemas formales añadidos, de la recusación de dos magistrados, porque sin ser parte (ni poder serlo) en el proceso constitucional no  es posible plantear y resolver ninguna recusación que se  pretenda  (art. 218 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Valentín Cortés

 

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