Jueves 16 de Junio de 2022
La imputación de la Sra. Oltra
Toda la prensa de hoy recoge las manifestaciones
del Presidente de la Comunidad Valenciana en las que ha afirmado que “la imputación
de la Sra. Oltra no afecta en absoluto al Gobierno en Valencia”.
Desde punto de vista jurídico, que
es el que en este blog interesa, la imputación de alguien por un órgano judicial
penal no sólo no es una condena, sino que no aventura necesariamente que se producirá
la condena en la sentencia futura, pues es perfectamente factible la absolución.
En efecto, la imputación significa,
y no es poco, que, tras una acusación de comisión de un acto delictivo, el juez,
a la vista del material fáctico que se le proporciona y del que dispone, llega
a la conclusión de que debe seguirse un proceso penal para investigar y, en su caso,
juzgar y penar lo que, en el momento de la imputación, se presenta sólo como
acto con indicios racionales de criminalidad. Sólo en actos muy
concretos, la imputación conlleva la suspensión en el ejercicio de la función
pública que pudiera estar desarrollando el imputado; pero es evidente que, por
regla general, sólo la condena inhabilitaría. Por tanto, es cierto que esa imputación
no afecta jurídicamente en absoluto al Gobierno en Valencia.
Pero el drama del Sr. Presidente de
la Generalidad valenciana es que en este caso, aunque lo jurídico importa, lo
que realmente es trascendente es lo político y ahí, ya, la cuestión de si afecta
o no al Gobierno tiene un tratamiento que, posiblemente, no podrá obviar con
declaraciones a la prensa
Valentín Cortés
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