Jueves 2 de Diciembre de 2021
De nuevo sobre la posible detención del Sr. Puigdemont
en España
Hoy se puede leer en www.europapress.es
un amplio reportaje-noticia sobre el contenido de la resolución del Tribunal General
de la Unión Europea en relación con el alcance de la inmunidad parlamentaria
del Sr. Puigdemont en la Unión Europea y la suspensión de la euro-orden de detención
emitida por el Tribunal Supremo.
Y para comprender la resolución del
TGUE en todo su significado conviene destacar los siguientes aspectos de la cuestión:
-el Sr. Puigdemont, como
eurodiputado, tendría, en principio, inmunidad parlamentaria en los países de
la Unión Europea; no en terceros países.
- Esa inmunidad la perdió el Sr. Puigdemont
al admitir el Parlamento Europeo los suplicatorios del Tribunal Supremo por los
delitos de sedición y malversación de fondos. Esta decisión la recurrió el Sr.
Puigdemont ante el Tribunal General citado, que ha rechazado por dos veces
devolverla cautelarmente hasta tanto se decida el recurso.
-Las euro-órdenes de detención sólo
tienen por objeto y son necesarias para ejecutar órdenes judiciales de detención
fuera del territorio nacional del tribunal ordenante y dentro de otro
territorio nacional de la Unión. La del Tribunal Supremo está suspendida en su
eficacia hasta tanto no se decida la cuestión planteada por el Tribunal español
ante el Tribunal europeo para que se aclare el alcance y obligatoriedad directa
de las mismas, planteada a la vista de la actitud de los tribunales belgas en
las peticiones de detención del Sr. Puigdemont y compañía.
Así, pues, para detener al Sr. Puigdemont en
España no se necesita la ayuda de ningún tribunal europeo. Luego, mientras el
Sr. Puigdemont siga sin tener inmunidad, puede ser detenido en España, que, es
precisamente, lo que fuentes del Tribunal Supremo han advertido que, como se
comprenderá, no es nada contradictorio con lo que ha dicho el TGUE.
Valentín Cortés
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