Miércoles 17 de Marzo de 2021
Las demandas por responsabilidad
patrimonial de la Administración a consecuencia de la pandemia
Leo en www.expansion.com
que dos grandes grupos hoteleros de España han presentado demandas contra el Estado
reclamando una indemnización millonaria por la responsabilidad patrimonial del Estado
por daños causados con ocasión de las medidas tomadas en el primer estado de
alarma que se decretó. Era extraño que no se hubiera abierto esta vía que obliga
a la Justicia a fijar doctrina en relación con un tema importantísimo que se
deriva de la aplicación de la legislación vigente (y doctrina jurisprudencial
subsiguiente) derivadas del art. 106.2 de la Constitución.
Desconozco el tenor de las demandas
y cómo salvaron el escollo jurisprudencial del daño que, según el TS, debe ser antijurídico.
En cualquier caso, la declaración del estado de alarma se fundamenta, lógicamente,
en un decreto-ley, pero el desarrollo del mismo y las medidas concretas que se impusieron,
siempre fueron decisión pura y simple de la autoridad administrativa; es decir,
los daños que se pudieran relatar en esas demandas necesariamente fueron ocasionados
por una actividad administrativa concreta que impuso cierres totales o
parciales, aforos, etc, que, además, es fácil demostrar, una veces, su
arbitrariedad, y otras su inconsistencia
médico-sanitaria ( comparado, por ejemplo con actuaciones coincidentes o posteriores de la propia Administración
en otros sectores económicos o en los mismos.)
En cualquier caso, bienvenida sea
toda posibilidad de control de la Administración por la Justicia, sobre todo,
en estados excepcionales de limitación de derechos y libertades como los que
sufrimos desde hace un año.
Valentín Cortés
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