Viernes 5 de Junio de 2020
La regulación post estado de
alarma
Distintos medios de comunicación digitales
especulan acerca del contenido del anunciado Decreto-Ley que regulará ciertos
aspectos de la vida y situaciones de los ciudadanos una vez que se acabe el
estado de alarma el próximo día 21 del presente mes.
No voy a entrar en ese contenido,
que puede variar, de ahora al momento de promulgación, tantas veces como
ocurrencias pueda tener el Gobierno o el mando único.
Pero sí quiero, desde ahora,
afirmar que una vez terminada la situación del estado de alarma no es posible
que con Decreto-Ley se puedan regular situaciones
que impliquen una disminución del ejercicio de nuestros derechos fundamentales
y constitucionales. De modo que será muy difícil que lo que se pueda salir adelante
por el camino actual sin el mecanismo de la Ley Orgánica.
En cualquier caso, ya aventuro una creciente
conflictividad jurídica y judicial una vez que la situación legal actual quede sin
estar habilitada por el estado de alarma, si es que se piensa seguir
interviniendo la vida del ciudadano tal como se ha hecho hasta ahora.
Valentín Cortés
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