Lunes 25 de Mayo de 2020
Urge que el Tribunal Supremo
se pronuncie
Leo en www.larepublica.com la reacción del Sr.
Casado a la posibilidad de que el estado de alarma se levante en diversos
territorios, pero no en todo el territorio español. Se trata, conviene decirlo
de inmediato, de una posibilidad legal que, en principio, no merece reproche jurídico
(art. 6 de la LO 4/1981). Aunque, políticamente, pueda dar la sensación de una
salida “habilidosa”, dadas las voces de partidos políticos que negarían una
nueva prórroga del estado de alarma
Lo que manifiesta el Sr. Casado es
que esa decisión puede encerrar un elevado grado de arbitrariedad y,
dadas las circunstancias que se han venido produciendo en el pase a distintas
situaciones o fases en el estado de alarma, en las que todo indica que ha habido
arbitrariedades notables, me temo que la arbitrariedad puede repetirse. Máxime
cuando seguimos sin saber la composición del comité de técnicos que decide las
pautas, (ahora serian para levantar el estado de alarma en un determinado territorio),
y cuáles sean estas pautas o condiciones, y, en definitiva, si ellas responden en
todo caso a criterios razonables y, en el caso concreto, están
debidamente razonadas.
La decisión del Tribunal Supremo de
admitir a trámite el recurso en su día interpuesto por la Comunidad de Madrid, -por
no pasarla a la llamada fase 1, haciéndola pasar por la fase 0,5 que, al
parecer, no estaba prevista-, puede dar lugar a importante doctrina que deberá
guiar, en todo caso, si llega a tiempo, la actuación futura, en este caso, del Gobierno
de España.
Valentín Cortés
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