Miércoles 13 de Noviembre de 2019
Un informe supralegal
Toda la prensa recoge la noticia
del informe del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea,
previo a la decisión del propio Tribunal sobre la cuestión prejudicial que le planteó
el Tribunal Supremo, sobre la inmunidad parlamentaria del Sr. Junqueras, que había
sido elegido eurodiputado con el proceso concluso para sentencia por actos
ocurridos con anterioridad a la convocatoria de las elecciones. Esa era la cuestión
planteada, la que, a la vista del informe, para ser que no ha sido resuelta por
el Abogado General, a no ser porque afirma de forma categórica que, en cualquier
caso, la sentencia del Tribunal Supremo es intocable en este sentido.
En cualquier caso, los argumentos
expuestos por el Abogado General del Tribunal son de una falacia jurídica impresionante,
pues afirmar que la condición de eurodiputado está fuera de cualquier cumplimiento
de las normas que establecen los requisitos para poder acceder a las funciones
propias de eurodiputado es manifestación de un desprecio general hacia el
Derecho, manteniendo que la elección es por sí sola suficiente para ser
eurodiputado. Negar la forma en el Derecho es tanto como negar el propio
Derecho. Pareciera que el informe nos traslada al dilema de Radbruch,haciéndonos
creer que en España estamos ante una arbitrariedad legal que debe ser subsanada
por un derecho supralegal (el que él mismo inventa).
Valentín Cortés
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