Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 19 de abril de 2016


Martes 19 de Abril de 2016

La aplicación alternativa (de ida y vuelta) del Derecho

Cuando el legislador equivoca el método aplicable a sus reformas es inmediato el fracaso de estas. El legislador tiene que aplicar el método jurídico y olvidarse del político.

Lo digo porque la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cambió el nombre de “imputado” por el de “investigado” y añadió el de “encausado”. Todo un “prodigio de incompetencia legal”. Quiso arreglar un problema político y periodístico con una reforma de conceptos legales: es evidente que equivocó el método.

Ahora leo en www.abc.es que, ante el hecho de que un Consejero de la Junta de Andalucía está siendo “investigado” en una causa penal por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ciudadanos ha declarado que no pide ni pedirá su cese o dimisión hasta que sea imputado (sic): es decir, el  político resucita  el concepto inexistente porque le conviene y cuando le conviene, dándole el contenido que siempre debería haber tenido y no tuvo, por conveniencia de la clase política. Tiene su lógica, claro está, desde el punto de vista de la confrontación política.

Puesto a reformas, el legislador tendría que haber aplicado el método jurídico y, acudiendo a los conceptos jurídicos, y, olvidándose de los políticos y los periodistas, hablar de acusado (cuando alguien legitimado acusa a otro de la comisión de un delito) e imputado (cuando un juez, en una resolución judicial advierte la existencia de indicios racionales de criminalidad y toma alguna medida cautelar contra el acusado, o cuando éste es sometido a enjuiciamiento).La acusación, así, no debería ser un estigma; la imputación, ya sería motivo de consecuencias políticas; la condena, la de perdida de derechos políticos, en su caso.

Valentín Cortés

1 comentario:

  1. Claro que sí, prof. Cortés. Como escribió hace tiempo Francisco Rubio Llorente, la capacidad que tienen las expresiones jurídico-públicas para engendrar retórica huera es directamente proprorcional a la complejidad de las categorías que designan. ¡Una pena!

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