Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 7 de abril de 2016


Jueves 7 de Abril de 2016 

La incomparecencia del Gobierno en funciones para su control parlamentario se recurre ante el Tribunal Constitucional.

He leído en www.elconfidencial.com una noticia referente al recurso al Tribunal Constitucional por la incomparecencia del Gobierno en el Congreso, para su control, que el diario titula: “Sigue el esperpento en el Congreso: el TC fallará con otro ejecutivo u otra legislatura”.

En este caso, aunque las intenciones de los grupos políticos (todos menos el del PP) que han recurrido pueda calificarse de exclusivamente políticas, no calificaría yo de esperpento esta maniobra, pues puede tener una gran trascendencia jurídica constitucional, para el futuro que nos puede venir de nuevo, pues se da la ocasión al Tribunal Constitucional para que defina los deberes constitucionales, frente a las Cámaras, de un Gobierno en funciones, interpretando, a la luz de la Constitución, los arts. 21 y 26 de la Ley del Gobierno 50/19977.

Yo opino que si el Gobierno sólo puede salirse de la mera gestión, del día a día,  en casos excepcionales, sólo podrá ser controlado cuando lleve a cabo funciones excepcionales de Gobierno (como, por ejemplo, la toma de acuerdos en la Unión Europea).

Pero para ello el Tribunal Constitucional debe entender que el interés procesal del recurso no se pierde por la perención del Gobierno en funciones. Espero que eso que ahora empieza a llamarse esperpento, convenza al Constitucional de la necesidad de resolver este grave problema para el futuro.

Valentín Cortés

 

 

2 comentarios:

  1. Una reflexión: el control del Parlamento, además de servir para velar por que la acción del Ejecutivo sea la correcta, acaba con la puesta en cuestión del Gobierno, que puede concluir con la censura y cese del mismo. ¿puede llegarse a este punto -que es el fin último del control parlamentario- cuando se trata de un Gobierno en funciones?

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    1. Estoy de acuerdo con la reflexión de El talabartero; y apoya la idea de que el Gobierno en funciones no puede ser controlado, sino en lo que hace como funciones "excepcionales". Y desde luego pienso que el Congreso no puede retirarle su confianza al Gobierno en funciones que sólo deja de actuar cuando existe un gobierno designado tras las elecciones por el presidente elegido por el Congreso. Todo esto, además demuestra la necesidad de una urgente revisión constitucional de este apartado tan pobre e inocentemente regulado.

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