Miércoles, 27 de febrero 2013.
La huelga de los jueces
De nuevo remito a los lectores al
vínculo que sigue; en él podrán enterarse de lo que proponen los técnicos nombrados
por el Consejo de Ministros al
Ministerio de Justicia como proyecto de
Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con la posibilidad de huelga de
los jueces y magistrados.
No proponen nada; así lo dicen en
la Exposición de Motivos, porque, aducen, entre ellos no ha habido acuerdo y porque el
tema es delicado. Yo creo que el tema es
fundamentalmente jurídico y, sin
duda, debería afrontarse de una vez.
Los jueces y magistrados forman
parte del Poder Judicial, (son Estado, pues: art.124 de la Constitución); son
independientes, inamovibles, y están sometidos únicamente a la Constitución y a
la Ley. Sus resoluciones son ejecutivas, todos tienen que cumplirlas y
acatarlas, y no pueden ser alteradas en el tiempo, deciden sobre nuestros
derechos e intereses y sobre nuestra libertad. Ese poder no lo tienen conferido
por desarrollar una labor o tarea laboral o profesional, ni por ser buenos
profesionales, sino por ser órganos del Estado, con todas las ventajas y con
todas las servidumbres.
Solo una lectura inadecuada de la
Constitución, de la Ley Orgánica del Estado y demás leyes de nuestro
Ordenamiento ha permitido hasta ahora que un Órgano del Estado se pueda poner
en huelga, por los motivos que sean, que da lo mismo.
Valentín Cortés
Cuando habla de "lectura inadecuada de la Constitución" entiendo que rechaza la tesis sobre la existencia de ese supuesto vacio legal tras el que se parapetan (en negrita) los "entendidos" cuando discuten la existencia o no del derecho a la huega de los Jueces. Si es así, comparto la necesidad no de regular sino de aclarar lo que ya está dicho. (Fdo. Sin-Tesis)
ResponderEliminarese es el sentido de mi texto,pero para llegar a la conclusin de que no cabe la huelga.
EliminarBueno; en esto de la huelga, hablar de "entendidos" es ciertamente una afirmación basada en una presunción. Entendidos probablemente sean todos los que se consideren aptos para expresar una opinión juridicamente fundada aunque la verdad es que el tema es tan discutible que parece lógico que ni los "entendidos" se pongan de acuerdo. Más "entendidos" que nos jueces mismos no hay otros y ni siquera ellos son capaces de llegar a un acuerdo, ni en esto ni en otras muchas cosas.
ResponderEliminaryo no he hablado de "entendidos"; y no comprendo por qué ,si se utilizan criterios jurídicos, no se ponen de acuerdo.
Eliminar¿Por qué tenemos que financiar a las asociaciones judiciales?
ResponderEliminarhttp://www.boe.es/boe/dias/2013/03/01/pdfs/BOE-A-2013-2289.pdf
para mi el problema sería si la existencia de las asociacciones de jueces supone un impedimento o no para que los asociados puedan ponerse en huelga.Es claro que es impensable que las asociaciones de jueces se refieran a estos como órganos del Estado.
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