Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 16 de septiembre de 2021

 

Jueves 16 de Septiembre de 2021

El RDL 17/2021 de 14 de septiembre de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de los precios del gas.

El RDL al que nos referimos es, sin la menor duda, permítasenos la expresión, un enorme bodrio jurídico, por su oscuridad, terminología, falta absoluta de técnica legislativa y contenido marcadamente inconstitucional. Por supuesto, no somos capaces de juzgar su posible eficacia en eso que se propone el legislador, que es “mitigar el impacto de la escalada de precios del gas”, que ya se nos dice en el apartado I, párrafo segundo, de la Exposición de Motivos, que ha sido desde febrero a la fecha de más de 250%.

Pero, hay un dato, que publica la prensa de hoy, que es muy indicativo del nivel jurídico del RDL: dos de las tres grandes empresas productoras de energía eléctrica, desde la entrada en vigor del decreto, han sufrido en Bolsa un, digamos, gran descalabro en la cotización de sus acciones; la tercera, apenas ha notado los efectos de este RDL. Las empresas que bajan son las que tienen un mayor margen de producción de energía nuclear, renovables e hidroeléctrica; son  las que, en palabras de la Exposición de Motivos ( apartado V), van a ver limitado, de manera temporal,  “el exceso de retribución obtenido por dichas instalaciones”. Exceso que les viene dado porque (¡) producen más barato que las otras y venden al mismo precio.

Todo ello indica dos cosas: la primera, que se ha intervenido el mercado forzando el art. 38 de la Constitución que establece la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado: por eso los inversores se van; la segunda, que los inversores parecen haberse dado cuenta de que el principio de igualdad ( art. 14 de la Constitución) es igualmente forzado, principio que, en este caso, se podría expresar con  la idea de que a “igual producto, igual precio, se haya producido como se haya podido producir”. Lo contrario es violentar la igualdad y la libertad de empresa. Esto tiene costes jurídicos y económicos

Valentín Cortés

 

 

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