Viernes 26 de Febrero de 2021
La denominada Ley de Garantía de la libertad sexual
Como bien se sabe me refiero al
anteproyecto de Ley preparado por el Ministerio de Igualdad y que se ha
presentado a informe del Consejo General del Poder Judicial antes de su tramitación
en el Parlamento.
Las objeciones del Consejo al
anteproyecto son de muy grueso calibre, pues ponen en evidencia que el
anteproyecto incurre en errores, por supuesto de técnica legislativa, pero
sobre todo conceptuales. Los promotores del anteproyecto (en definitiva,
el Gobierno) desconocen algo tan básico como que el legislador no puede legislar
lo que quiera y como quiera. En un Estado de Derecho no es así, pues es básico
conocer, comprender y aceptar que el legislador se tiene que atener a la Constitución,
a sus preceptos positivos y a los principios que los inspiran, y a una cosa que
se llama Ordenamiento Jurídico en modo tal que no se puede legislar
fuera o en contradicción con ese orden jurídico preestablecido; este
anteproyecto choca abiertamente con la Constitución y rechina en el
Ordenamiento Jurídico español.
El problema no es exclusivamente de
la Sra. Ministro; este es un problema de los Servicios Jurídicos del Gobierno,
y del Gobierno y su Presidente que han permitido que un anteproyecto de tal factura
tenga que ser informado por Consejo General del Poder Judicial.
Valentín Cortés
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