Miércoles 21 de Octubre de 2020
La proporcionalidad jurídica
en la lucha contra la pandemia
De lo manifestado por el Consejero
de Sanidad de Madrid en TVE, y que recoge puntualmente esta mañana www.europapress.es, se deduce que la gran preocupación
sanitaria de Madrid en este momento es controlar las reuniones nocturnas,
botellones, fiestas, etc., fundamentalmente de jóvenes, pues son donde, al
parecer, se producen la gran mayoría de los contagios actuales por coronavirus.
No sabemos si esta preocupación es similar en otras regiones españolas.
Lo traigo a colación porque, de ser
exacto el diagnostico del Consejero, confirma nuestra opinión de ayer en el
sentido de que hay una desproporción evidente, con trascendencia constitucional,
entre la adopción del estado de alarma, para imponer la “queda”, con lo que
realmente se quiere prevenir o evitar.
Nuestra legislación de orden público
y sanitaria permite a las autoridades regionales y locales imponer limitaciones
de aforo a determinados locales nocturnos o de espectáculos, a suspender licencias
administrativas de esas actividades como medida cautelar o sancionadora, para
el caso de violación de las ordenes, con imposición de multas elevadísimas, y,
nada digamos, evitar la utilización de la via publica para llevar a cabo los
llamados botellones.
Desde este punto de vista parece
acertada jurídicamente, por su proporcionalidad, la opción de la Comunidad de Madrid
de decretar una “queda”, limitada al ocio, sin necesidad de estado de alarma(www.elconfidencial.com) una vez
que se cumpla el plazo para el que fue impuesto por el Gobierno
Valentín Cortés
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