Martes 4 de Junio de 2019
La exhumación de los restos de
Franco
Es evidente que cada cual podrá
tener una opinión de la trascendencia política de la decisión del Tribunal
Supremo de suspender cautelarmente la exhumación de los restos de Franco hasta tanto no se
resuelva lo pertinente por sentencia firme.
En mi opinión, no tanto por mi
cometido en este blog, como por convicción, pienso que la decisión del Tribunal
Supremo era la única posible en Derecho dada la trascendencia que tendría
permitir la exhumación para más tarde admitir el recurso contra ella: los perjuicios
de todo tipo serían ciertamente irreversibles,
tal como mantiene el Tribunal Supremo (vid., por ejemplo, la noticia en www.abc.es). Se trata, pues, de una decisión jurídica
y adaptada a la Ley.
Sin embargo, la nota del Gobierno tras
conocer la noticia (vid. en el medio señalado), yerra cuando advierte “obviamente, la suspensión cautelar (de la
exhumación) no indica nada sobre el fondo
del asunto”, pues, por el contrario, indica que el Tribunal ha apreciado,
como cuando se acepta cualquier medida cautelar, que existe en el caso “una apariencia de derecho( fumus bonis iruis)”
en la petición de las familia Franco, que, por supuesto, habrá que colmar a lo
largo del proceso. Nada de ello empece a que se le reconozca, en principio, al
Estado que en los acuerdos del Consejo de Ministros está presente, al menos
formalmente, un interés general en exhumar los restos.
Valentín Cortés
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