Viernes 19 de Enero de 2018
La
estulticia y el Derecho
La Junta de Andalucía parece haber
entrado en un furor descontrolado de la defensa de lo que ahora se llama igualdad
de “género”, del que no me ocuparía
si no fuera porque tiene consecuencias jurídicas, y porque me parece una
defensa insostenible desde el punto de vista jurídico.
Decir o mantener (vid. los periódicos
del miércoles) que el piropo, sin más matices, es un tipo de la llamada violencia
de “genero”, es atribuirse un poder
de calificación jurídica de conductas humanas que sólo compete a la Ley, o a los jueces
que la interpretan, dada la indudable trascendencia procesal y penal que tiene el
conocimiento y enjuiciamiento de estos supuestos de conducta.
Igualmente, advertir y amenazar a FACUA,
tal como hace la Junta,(www.elespanol.com de ayer tarde) con la incoación de un expediente
sancionador ( ex Ley Andalucía 12/2007 de promoción de la igualdad de género)
para el supuesto de que siga hablando en sus campañas de “usuarios” o consumidores, en lugar de “personas usuarias o consumidoras”, y no cambiar aquellos “términos de practica de
lenguaje sexista” por “otras
estructuras no excluyentes”, es, todo eso, un enorme sin sentido jurídico,
aunque pueda estar recogido en esa Ley. Los jueces están obligados a valorar la
prueba de acuerdo con las máximas de experiencia que les da la cultura y la
ciencia del país donde viven, por lo que difícilmente puede tener sanción la utilización
del castellano, gramaticalmente adecuada, pues en este caso la utilización del genérico
es adecuada e irreprochable. De modo que aventuro que, de imponerse sanción a FACUA,
ella sería anulada por los Tribunales por ser tributaria, en su regulación y
aplicación, de una manifiesta estulticia y desconocimiento gramatical de nuestro
idioma.
Valentín Cortés
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