Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 31 de enero de 2018


Miércoles 31 de Enero de 2018

No todo es criticable

Desde el punto de vista jurídico, suspender, tal como ha hecho el Presidente del Parlamento catalán, la sesión de investidura para la presidencia de la Generalidad, era la única salida lógica que existía y además es legal. Pues se trata de esperar a que el Tribunal Constitucional resuelva si admite o no a trámite la propuesta de investidura del Sr. Puigdemont. Por lo tanto, se podrá, desde el punto de vista político, juzgar tal decisión como se quiera (y en los periódicos de hoy hay una variada crítica política de esta decisión), pero jurídicamente es intachable. Si el Tribunal no lo admite a trámite, sigue adelante la propuesta; si lo admite, es el propio Tribunal quien suspende y deja sin eficacia la propuesta.

Esa suspensión hace que el Tribunal tenga que decidir y en esa tesitura, rechazar la admisión a trámite manteniendo que la propuesta no es un acto jurídico, tal como se ha dicho mantenía el Magistrado ponente del recurso, es, según mi opinión, insostenible legalmente, porque la propuesta es una potestad del Presidente del Parlamento que, creando una situación jurídica, genera y otorga derechos, poderes, cargas y obligaciones para el “propuesto” que le “obliga” a aceptar o no la propuesta y, en su caso, a defenderla si es que reúne en el momento en que se hizo aquella los requisitos y capacidades personales, legales y constitucionales exigidas para el caso. En ese momento, y ahora, el Sr. Puigdemont no está en condiciones de nada que no sea ponerse a disposición de la Justicia y esperar que ésta decida. Eso es lo que tiene que resolver el Tribunal Constitucional.

Valentín Cortés

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