Miércoles 16 de Diciembre de 2015
Los investigados también tienen derechos
La
concejala de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada (www.ideal.es) fue a declarar a los juzgados,
investigada por un delito presuntamente cometido en el ejercicio de sus funciones.
Entró a declarar por la puerta del garaje y evitó a la prensa de esa manera. El
Juez decano montó en cólera y emitió una nota de rechazo – dijo- al trato de
favor que se le había dado a la concejala. Por si fuera poco, el Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía se unió a la censura del Juez decano con otra nota de condena y censura. Por su parte,
la concejala dice ahora que es abogada y que se conoce muy bien el edificio de los juzgados (¡habilidad
y astucia!); también dijo que no existe
una puerta para los investigados, “ni estoy obligada a pasar por un photocall”. ¡Todo, en primera página del periódico
digital granadino!
Sólo diré
que el art. 393 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a los jueces a
garantizar a los investigados a declarar en una situación de descanso y calma
de espíritu, que me imagino se debe perder al verte asediado por la prensa en
la puerta del juzgado; y que el art. 520,1, de la misma Ley, reformado hace un par
de meses, obliga, en este caso a los jueces y a la policía de la entrada, a
tomar las medidas necesarias para asegurar el respeto de los derechos de honor,
intimidad e imagen en el momento de la detención, que es tanto como decir en el
momento de acudir al Juzgado a prestar declaración como investigado.
Deduzco que
la concejala no confiaba, por lo ocurrido, que esos derechos fueran amparados
por los jueces.
Valentín
Cortés
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