Jueves 9 de Abril de 2026
Sentencia dictada por la IA
Leo en www.elespanol.com que el Consejo General
del Poder Judicial(CGPJ) ha abierto expediente sancionador a un juez que dejó que
la IA redactara la sentencia en un asunto. Para ello, al parecer “subió” los
datos correspondientes y notificó la sentencia tal cual fue redactada por IA.
No es un asunto baladí, ni siquiera
curioso; es un hecho gravísimo, si realmente han sucedido las cosas tal como recoge
la noticia. Es verdad que lo que ha hecho este juez, desgraciada e irresponsablemente
lo hacen a diario muchos profesionales
en sus distintas esferas de empleo o de trabajo. Es, en pocas palabras, la sustitución
del pensamiento por el de la mera información ordenada, que muy posiblemente
sumirá al mundo, si no se pone remedio a través de la educación, en la pérdida
del conocimiento crítico, que es tanto como que acabaremos en la más
profunda ignorancia e inhabilidad individual. Pero en el caso del Juez,
sustituir al órgano del Poder Judicial por la ”máquina”, amén de un posible
delito, supone una violación clara de la Constitución (art. 117), que reserva
esa actividad de dictar sentencia sólo y exclusivamente a los jueces, a lo que
se les obliga a hacer un acto de pensamiento que es un silogismo lógico-jurídico
muy complicado, que depende del libre criterio y valoración de la persona que encarna
la función de juez: sólo en esas circunstancias ese acto de pensamiento personal deviene en un
acto de voluntad del Estado que se impone a todos con toda la fuerza y coacción
del Estado.
El CGPJ debe buscar la formula clara
y terminante de explicitar cuáles son limites de la utilización de la IA en la
actividad judicial.
Valentín Cortés
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