Martes 23 de Mayo de 2023
La paridad en la composición
de los órganos constitucionales
La prensa se refiere a las
declaraciones del Presidente de Gobierno que ha anunciado leyes para establecer
la paridad entre hombres y mujeres en los órganos constitucionales. Algunos
medios señalan que ya existe esa paridad (vid., por ejemplo, www.elespanol.com).
Yo no creo que el análisis del tema
se deba centrar en si existe o no paridad, si no si obligar a la paridad tiene
o no cabida en nuestro ordenamiento jurídico constitucional, dado que el art.
14 de la Constitución establece que los españoles son iguales ante la Ley,
sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón, entre otras razones,
de sexo.
No quiero hacer juicios de intenciones
(prejuicios) sobre lo que haría el Tribunal Constitucional si tuviera que
decidir sobre la constitucionalidad de una tal ley, como de otras parecidas que
actualmente existen. Pero, aun cuando estableciera la doctrina de la más
perfecta adecuación de tal ley a la Constitución, entiendo que el texto constitucional
no admite discriminación alguna ( por tanto, ni positiva ni
negativa) y entiendo igualmente que una ley que estableciera la obligatoriedad
de esa paridad abre la puerta de par en par a una actuacion discriminatoria
precisamente por el sexo, que honestamente es difícil imaginar que se dé ahora,
por ejemplo, a la hora de elegir miembros del Consejo General del Poder
Judicial o del Tribunal Constitucional por poner dos únicos ejemplos.
Tengo para mí que estos anuncios de
nuevas leyes, permítasenos la humorada, entran dentro del campo de lo que podríamos
llamar la estulticia jurídica en periodo de elecciones con tendencia
irrefrenable a la perpetuidad.
Valentín Cortés
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