Miércoles 20 de Abril de 2022
La denuncia de los Fiscales
ante la UE.
La prensa digital recoge hoy (por ejemplo,
www.elmundo.es) la noticia de la carta que la Asociación de Fiscales (mayoritaria
en la carrera fiscal) ha dirigido al Comisario de Justicia de la Unión Europea,
denunciando el intento del Gobierno -via introducción de una enmienda en el
proyecto de Ley Concursal, que se está tramitando en el Congreso- de establecer
que los Fiscales Generales del Estado, cuando cesen, sean elevados, en su caso,
a la categoría de Fiscal de Sala( categoría máxima en el escalafón), lo que
tiene como destinataria directa a la actual Fiscal General, que no es Fiscal de
Sala.
Podemos compartir todas las razones
jurídicas que se exponen por la Asociación, pero a nosotros nos interesa (fuera
de las luchas corporativas o de las políticas, con trasfondos en ambas ciertamente
de alto contenido jurídico, todos ellos bien expuestos en la carta, y fuera de
lo que conteste la UE) destacar dos cuestiones jurídicas que no admiten
interpretaciones varias. La primera, que el Tribunal Constitucional ha
manifestado por activa y por pasiva que no es admisible desde el punto de vista
constitucional que, en la tramitación parlamentaria de una ley, con un contenido
determinado, se introduzca, como enmienda parlamentaria, una reforma legal que
nada tiene que ver con el objeto y contenido de la ley que se tramita: en el
caso, una reforma tal del Estatuto Fiscal nada tiene que ver con el concurso de
acreedores. La segunda, que la esencia de las leyes (y de sus reformas),
es regular supuestos universales, por lo que las leyes ad hoc (dirigidas
a regular el supuesto de hecho de una única persona) se compadecen mal con el
principio de la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos(
art. 9 de la Constitución) , pues claramente la reforma está dirigida a favorecer
la carrera fiscal de la Sra. Delgado una vez se termine su función actual, y en
ese sentido aparece como una disposición arbitraria.
Valentín Cortés
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