Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 22 de noviembre de 2021

 

Martes 23 de Noviembre de 2021

¿Obligación de vacunarse del covid?

Es real la preocupación por una nueva ola de infecciones del covid y la resistencia de una parte de la población a vacunarse. Está presente estos días de forma generalizada en la prensa. Personalmente no entiendo la postura de quien se niega a vacunarse, sin razones médicas serias para ello, pero es evidente que mi opinión no es en este blog “personal”, sino jurídica, que es la que voy a dar.

¿Se puede obligar a la vacunación?  Bien, tanto en el art. 30.4 como el 43.2 de la Constitución, se permite al Estado, mediante Ley, imponer deberes a los ciudadanos en   los casos de grave riesgo o calamidad pública (art. a30.4), como organizar y tutelar la salud publica mediante, además de otras cosas, el establecimiento de derechos y deberes de todos al respecto (art.43.2). Es decir, que frente al amplio abanico de derechos individuales que la Constitución otorga a los ciudadanos, y que podían ser invocados por los “negacionistas”, el Estado, en función de bienes colectivos, claramente delimitados y prestablecidos, permite la imposición de deberes a los ciudadanos que, a de alguna manera, limiten aquellos derechos fundamentales.

 Obsérvese que la Constitución no habla de la imposición de obligaciones En este campo, según mi opinión, no cabe imponer la obligación personal de soportar la vacunación, pero sí la imposición de la carga jurídica si es que queremos tener expectativas o perspectivas legales de poder realizar determinadas actividades que están relacionadas con nuestro status jurídico. Es posible, pues, la imposición de un deber, si queremos actuar un poder. Por eso, en mi opinión, es constitucional el llamado pasaporte covid en su más amplio sentido, pues, por otra parte, todos tenemos frente al Estado y frente a los demás ciudadanos el derecho a la protección de la salud (la nuestra) tal como taxativamente se recoge en el art. 43.1  de la Constitución. Por eso, bajo mi punto de vista, es imprescindible que se promulgue una ley de Pandemias que regule todo este gran problema sanitario, pero, también, jurídico

Valentín Cortés

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