Miércoles 24 de Noviembre de 2021
Un nuevo abuso del camino excepcional
del Real Decreto Ley
No voy a insistir, por enésima vez
ya en este blog, del abuso que el Gobierno perpetra, prácticamente una semana
sí y otra no, de la técnica del Real Decreto Ley, que, como he dicho en muchas
ocasiones, está pensado para supuestos realmente excepcionales. Hoy publica el
BOE el RDL 27/2021 modificando, entre otras cosas, la Ley 3/2020 de 18 de
Septiembre de modificación de normas procesales con ocasión del COVID, ley que
provenía de otro RDL de principio de los tiempos de la pandemia. Hablar de
urgencia y de circunstancias excepcionales para modificar ahora una ley de hace
14 meses, sin haberlo hecho por ley votada en Cortes, me parece un sarcasmo constitucional.
Si, además, (vid., entre otros, el Articulo
Tercero del RDL que comentamos) lo que se hace es “aparcar” sin tramitación
alguna, durante casi ocho meses más, las solicitudes de concurso necesario de
los acreedores frente al empresario en estado de insolvencia, lo que afecta de
lleno al derecho a la tutela judicial efectiva (art.24 de la Constitución), se
comprenderá que nuestro rechazo sea frontal.
Y todo ello, sin entrar en las consecuencias
económicas que pueden acarrear estas medidas para el mercado en general,
sabiendo los posibles financiadores y proveedores de los comerciantes (que
puedan estar en situación de posible insolvencia) que su potencial derecho a la
tutela judicial efectiva quedará aparcado de nuevo hasta que al Gobierno se le
ocurra mejor manera de solucionar la crisis económica, que ya es difícil atribuir
al COVID.
Valentín Cortés
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