Martes 16 de Noviembre de 2021
El Sr. Echenique y la tendencia a deshonrar
Al Sr. Echenique, que milita y es
portavoz de un partido que cogobierna España (desde la extrema izquierda
comunista) lo han condenado en sentencia firme a pagar una fuerte indemnización
en un proceso civil interpuesto para restablecer el honor y la honra de un
fallecido a quien el político acusó de la comisión de un delito de violación. Ahora,
al recibir la sentencia (vid la prensa digital de ayer tarde) manifiesta el Sr.
Echenique insidias sobre los jueces que han confirmado la sentencia de condena
de primera instancia, acusándoles claramente, aunque de forma indirecta, de prevaricación.
Se evidencia, pues, en esta persona una tendencia incorregible e irrefrenable a
atribuir conductas delictivas a terceras personas. Esta vez, los acusados son los
jueces que lo han condenado.
Como diputado, el Sr. Echenique goza
de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones
(art 71); pues bien, ni en las más amplia y extensiva interpretación de las
funciones de un diputado cabría incluir acusar de prevaricación a los jueces
que lo han condenado por otras manifestaciones, que, han declarado, tampoco
estaban amparadas por la libertad de expresión, [art. 20.1,a) de la Constitución] puesto que, además, ya nos dice el núm. 4 de ese mismo articulo, que tienen su límite,
como es lógico, en el Código Penal y en el derecho al honor de los demás.
Un equivocado, bajo mi opinión, sentido de la corrección
política en los jueces, quizá libere al Sr. Echenique de otra demanda contra el
honor o, dependiendo de la posible calificación penal que pudieran hacer de las manifestaciones,
quizá de una potencial querella por injurias y calumnias (arts. 205 y
208 del Código Penal), pero no le ha librado de una nota conjunta condenatoria de todas las asociaciones de jueces, aunque se echa en falta la condena del Consejo General del Poder Judicial.
Valentín Cortés
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