Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 16 de marzo de 2020


Lunes 16 de Marzo de 2020
La renuncia del Rey
Al debate constitucional que indefectiblemente se va a producir (como anuncié el pasado día 6 de este mes) se une ahora el debate político y jurídico (vid. www.elconfidencial.com de hoy) sobre las comisiones que denuncian ha cobrado el Rey emérito y que estarían depositadas en un fondo constituido en país extranjero del que es beneficiario el Rey Felipe ( toda la prensa de hoy lo recoge).
Dejando el debate político (que es misión de otros), me interesa hoy entrar en el debate que se ha producido por el anuncio de la Casa Real manifestando que el Rey ha renunciado a la herencia de su padre. Jurídicamente eso es imposible: el Derecho, a pesar de sus bien intencionados detractores (algunos, buenos amigos míos), acaba por ser muy lógico y mantiene a rajatabla el principio de que no se puede renunciar a lo que no se tiene. Por eso, el art.  1.271 del Código Civil ya nos dice que todo negocio jurídico sobre la herencia futura es nulo, por la sencilla razón de que no se ha heredado cuando la herencia es futura.
 El Rey ha hecho otra cosa jurídicamente hablando, además de una declaración de intenciones jurídicas y politicas de futuro: por ahora, en Derecho y de forma pública a través de Notario, ha renunciado a ser beneficiario de esos fondos donde aparece como tal, que es tanto como evitar que en el futuro esa disposición pueda ser entendida, por una determinada legislación extranjera, como un  legado, con adjudicación inmediata a la hora de la muerte de su padre.
Por consiguiente, jurídicamente ha hecho lo que podía hacer.
Valentin Cortés

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