Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 20 de septiembre de 2017


Miércoles 20 de Septiembre de 2017

Un salto cualitativo

Escribo esta opinión al inicio de la tarde, cuando todavía pueden ocurrir en Cataluña acontecimientos que pudieran dar lugar a una intervención distinta en este blog, opinando con más severidad y solemnidad.

 A esta hora, desde el punto de vista jurídico, que es el mío, lo más importante ha sido que, por primera, el Juez investiga a altas autoridades de la Generalidad, además de por otros delitos, por el de sedición. Todo este “proceso”, quizá porque tenemos un Código Penal cándido y buenista, no se ha calificado, desde el principio, como lo que es: golpe de Estado que pasará necesariamente por la sedición o por la rebelión.

Ante esta situación, que además de política, social, humana, es claramente jurídica, no creo que exista un mecanismo de corrección mejor, que evite la comisión de más delitos y el desorden político que se está generando, que el Senado conceda al Gobierno la posibilidad de intervenir en las competencias de la autonomía catalana, mediante el cauce del art. 155 de la Constitución, que, por si fuera poco, tiene la ventaja de la adecuación de la medida al momento y situación concreta. En cualquier caso, cada vez se hace más evidente lo que vengo diciendo desde hace ya años, al afirmar que la aplicación de esta norma será inevitable, porque las autoridades autonómicas catalanas siguen incumpliendo el ordenamiento jurídico de forma continuada y pertinaz.

Valentín Cortés

 

martes, 19 de septiembre de 2017


Martes 19 de Septiembre de 2017

¡Cosas veredes!

La admisión a trámite de un recurso contencioso administrativo no significa más que ese recurso empieza a tramitarse; no significa, pues, que el Tribunal, inaudita parte y sin más trámites, acepta la posición jurídica del recurrente concediéndole lo que pide.

Esto que digo es tan elemental que hasta un mal alumno de derecho procesal lo sabría y obtendría una buena nota si ese fuera el objeto de un examen que sería tachado de insólito.

El Vicepresidente de la Generalidad de Cataluña ha salido ante la prensa (véase la digital de hoy) y ha anunciado a los cuatro vientos que la medida de intervención del Gobierno ha quedado suspendida al haber admitido a trámite el Tribunal Supremo el recurso interpuesto por Generalidad pidiendo la suspensión de la dicha medida financiera.

Es evidente que el Sr. Junqueras no es licenciado en Derecho, pero me atrevería a decir que hasta un historiador (creo que esa es la profesión de este señor) debe saber  o sospechar que los recursos contenciosos administrativos no son tan fáciles. Pero no lo sé; en cualquier caso, el recorrido de estos aspavientos (¿políticos?, ¿jurídicos?) es tan corto que produce un gran bochorno pensar que así se gobierna una parte importante de nuestro país.

Valentín Cortés

lunes, 18 de septiembre de 2017


Lunes 18 de Septiembre de 2017

Un “proceso” con un fin menos incierto

Se está dibujando día y día el panorama jurídico que quedará, según mi opinión, tras el uno de Octubre, fecha elegida por el independentismo catalán para que eclosione el llamado “proceso”.

La comisión sin cesar de delitos por parte de las autoridades catalanas, cada vez de mayor gravedad, pues recordemos que el descubrimiento de malversaciones de caudales públicos es continuo, dará lugar a un escenario de procesos penales que dejará a una buena parte de esas autoridades sin futuro político y un considerable y penoso futuro penal, en el mejor de los casos.

La toma de control por parte del Estado de las cuentas de la Generalidad por la aplicación de la legalidad vigente( que curiosa pero lógicamente ha dado lugar a un recurso ante el Tribunal Supremo de la Generalidad, pidiendo la suspensión cautelar de la medida: www.europapres.com)  muestra el camino  nada conflictivo en lo político de la toma de otras competencias autonómicas por la vía de otras leyes ordinarias( como por ejemplo, la de Seguridad Nacional) o la, cada vez menos engorrosa y molesta, del art. 155 de la Constitución, todo ello por la aceptación ciudadana, parece ser muy mayoritaria ahora (vid. el giro en este aspecto que ha dado el PSOE, según la prensa digital de hoy), y, dentro de unos días, por la exigencia prácticamente, me temo, unánime de los ciudadanos de este país, de poner fin a ese estado de cosas delictivo en el que se ha convertido la Generalidad catalana.

Según mi criterio quedaría por aclararse si esta tremenda crisis dará lugar a una modificación de la Constitución y si esa modificación en su caso nos llevará o no a una mayor centralización de competencias en manos del Estado. Todo dependerá del grado delictivo que alcance el “proceso”

Valentín Cortés

jueves, 14 de septiembre de 2017


Viernes 15 de Septiembre de 2017

Los jueces y el proceso

De todo el torrente de noticias que ayer se produjeron en relación con el llamado “proceso” de secesionismo catalán, en mi opinión, la más trascendente fue la nota conjunta de todas las asociaciones de jueces. En ella comunicaban a los ciudadanos que las autoridades catalanas habían perdido legitimidad y que era licito y obligado desobedecerlas, llamando a no cumplir ninguna orden tendente a la realización del referéndum.

Yo no recuerdo que esta nota tenga antecedentes, como tampoco que se hable de forma clara de rebelión, que será, como al final, habrá que tratar este tema.

Las asociaciones de jueces, en puridad, no son los jueces, uno más otro en su individualidad, pero aun así la nota es un aviso de quienes aplican la ley de que no existen dos legalidades, sino sólo una, pues, tal como decíamos hace algunas fechas, al proceso se le ha venido abajo una de las patas con las que, según sus protagonistas, había que dotarlo.

La catarata de delitos que se cometerán en los próximos días, obligará, sin duda, al Estado, y en concreto al Tribunal Constitucional, a plantearse la timorata posición jurídica de no inhabilitar a los sediciosos advertidos y desobedientes.

Valentín Cortés

Jueves 14 de Septiembre de 2017 

Un “proceso”, pero de querellas y condenas

La interposición de querellas por la Fiscalía, contra los principales intérpretes del proceso cesionista catalán, es el principio de la necesaria y obligada reacción del Estado contra el quebrantamiento legal, amplio y variado, que se produce con ocasión de la convocatoria del referéndum ilegal y prohibido por el Tribunal Constitucional.

La reacción de las autoridades de la Generalidad, en abierta y clara insumisión y desprecio por los Tribunales y sus mandatos, más su política de involucrar a centenares de autoridades y funcionarios como escudo que se antoja muy pueril, aunque no menos peligroso, producirá no sólo más querellas y más condenados en el futuro, sino lo que parece más grave y que no es de descartar, cual es que se produzcan reacciones violentas y tumultuarias que pueden dar, sin  duda, lugar a que los hechos se puedan calificar de rebelión con penas muy altas para los responsables e inductores.

Es evidente que todo esto no es deseable, pero cualquiera que conozca el funcionamiento de la Administración de Justicia, tiene la certeza de que existen muchas posibilidades de que ocurra, si antes la Generalidad y sus instituciones no se someten a la legalidad y mandatos judiciales, que es tanto como decir si antes no respeta y cumple el Estado de Derecho.

Valentín Cortés

miércoles, 13 de septiembre de 2017


Miércoles 13 de Septiembre de 2017 

Las pérdidas del Banco Popular

La publicación en la prensa de ayer de las pérdidas sufridas por el Banco Popular en el primer semestre de este año (que se elevan a más de 12.000 millones de €) abren, desde el punto de vista jurídico, un panorama claro, eso creo yo, en el camino que muchos accionistas y perjudicados tomarán tras la decisión en su día de las autoridades europeas de adjudicación de la entidad al Banco de Santander por un euro simbólico.

Es evidente que mi conocimiento del tema es el del lector de periódicos, pero cabría, tras esta información de ayer, llegar fácilmente a la conclusión que la decisión de las autoridades financieras europeas( y españolas) fue acertada, que la adquisición por el Banco Santander no debe merecer reproches, ni siquiera el de enriquecimiento injusto, del que ayer se hablaba, y que los tiros se dirigirán  a los antiguos administradores y auditores que tendrán que explicar el desfase tan enorme entre las cuentas del año pasado y estas. Y mucho me temo que a esos accionistas y perjudicados no les quedará muchas más opciones que acoger las ofertas que se le hacen desde el Banco Santander con la adjudicación de los llamados “bonos de fidelización” ( vid. en  www.expansion.com), que, incluso ahora, se muestra mas generosa.

 

Valentín Cortés

martes, 12 de septiembre de 2017


Martes 12 de Septiembre de 2017

El Sr. Puigdemont busca apoyos legales

He leído en www.expansion.com un extracto de unas declaraciones del Sr. Puigdemont a RAC1 que son dignas de traer a este blog. Completan a las de ayer, y confirman, según su autor, que no puede ser inhabilitado por el Tribunal Constitucional, ya que la figura de Presidente de la Generalidad está regulada por el Estatuto y en este texto legal ( por cierto que forma parte del Ordenamiento jurídico español) se recoge que el Presidente será depuesto de su cargo sólo en los supuestos de moción de censura o de confianza: ergo el Tribunal Constitucional no lo puede destituir.

Como se aprecia, el argumento es de una simpleza absoluta, pero es curioso que fueron los secesionistas lo que dieron contenido y naturaleza jurídica al llamado proceso buscando, en la promulgación de leyes por el Parlamento, una legitimidad distinta a la del Ordenamiento jurídico nacional. Pero, tras las resoluciones del Tribunal Constitucional, se han quedado sin apoyo legal (así lo sienten ellos, oído lo que dicen), por la inexistencia de esa nueva regulación que ha quedado suspendida y sin efecto, y buscan desesperadamente otro apoyo jurídico, que es ahora (¡gran sorpresa!) el Estatuto de autonomía.

Pero, como siempre (lo que me hace dudar de la bondad y técnica del asesoramiento jurídico que tiene la Generalidad), creen que leyendo una ley se han leído toda la legislación, como cuando cometen fraude de Ley o de Constitución que creen que la aplicación de una norma puede encubrir la violación de otra. En cualquier caso, este Presidente (que no es jurista, según tengo entendido) no le han asesorado bien y da respuestas jurídicas tan equivocadas como grotescas y, sobre todo, incomprensibles dentro de lo que debería ser la mecánica revolucionaria de un golpe de Estado que, se supone, no se debería detener mucho en aspectos jurídicos, ni menos buscar apoyo dialectico en el Derecho.

 

Valentín Cortés