Jueves 25 de Mayo de 2023
La compra del voto y el voto
por correo
Las noticias sobre “compra de voto”
se suceden y multiplican en la prensa de estos días.
La compra del voto, entendida como
la entrega de dinero a cambio de la emisión del voto a una determinada persona
o partido político, como cualquier negocio, aunque este sea ilegal y delictivo,
requiere seguridad en el trato y en la contraprestación. El que compra quiere
seguridad de que el voto será para un determinado partido, o para una persona
concreta, y si no tiene esa seguridad ni entregará el dinero ni habrá trato.
Este negocio caería por su base si
el comprador no tuviera medio de asegurarse la entidad del voto emitido, es
decir, si el voto fuera estrictamente secreto, incluso en los casos en los que
se emite por correo; pero tal como está configurada la mecánica del voto por correo (arts. 72 y ss
Ley Orgánica 5/1985) es imposible evitar que el que compra obtenga, si así lo
quiere, la seguridad de que se ha efectuado el voto acordado, pues en todo caso
podrá comprobarlo.
Por tanto, todo indica que se debe
modificar de inmediato el sistema establecido en la Ley por uno que evite esas comprobaciones,
o, dicho en otras palabras, asegurando en todo caso el secreto obligatorio en
el acto de emisión del voto. Mientras tanto, habrá que investigar, castigar a
los culpables y anular las votaciones que sean precisas.
Valentín Cortés
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