Lunes 27 de Septiembre de 2021
La lucha de las eléctricas contra
el RDL de 14 de Septiembre del presente año
Leo en www.cincodias.com un documentado reportaje-noticia sobre la
larga lucha judicial que les espera a las compañías eléctricas españolas que se
han visto afectadas por las disposiciones del RDL del pasado 14 de Septiembre,
del que opinamos oportunamente en este blog, exponiendo su posible inconstitucionalidad.
Un RDL, como norma legal que es, no
puede ser combatido por las compañías eléctricas ante los tribunales sino de
forma indirecta, pues las personas, sean físicas o jurídicas, no tienen la
posibilidad de eludir la aplicación de la ley ni de acudir, en su caso, ante el Tribunal Constitucional para recurrir la
constitucionalidad de la norma. Esta posibilidad la tienen, según el art. 162.1
de la Constitución, el Presidente de Gobierno (que, obviamente, no es el caso),
el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores y los órganos ejecutivos de
las Comunidades autónomas y, en su caso, de las Asambleas de las mismas.
Los directamente afectados (como
fue el caso paradigmático del asunto RUMASA, expropiada por RDL) necesariamente
tienen que recurrir un acto de aplicación de la Ley, para allí, en ese proceso
judicial, plantear la cuestión de inconstitucionalidad de la norma legal en cuestión,
que permitiría al Tribunal Constitucional, si la acepta, anular el RDL por inconstitucional.
Una lucha, pues, larga, difícil y
siempre desigual de los ciudadanos y demás particulares contra las decisiones
del Estado, cuando les son claramente desfavorables o afectan a sus derechos de
forma indebida e inconstitucional.
Valentín Cortés
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