Lunes 19 de Noviembre de 2018
La
huelga de los jueces
Se convoca hoy una nueva huelga de jueces y magistrados (vid., por
ejemplo, www.elmundo.es.)
La falta de desarrollo del art.
28.2 de la Constitución deja en el limbo jurídico esta futura huelga, que si se
podría comprender motivada (hablo jurídicamente) por las condiciones laborales
que rodean a los jueces y magistrados( no se olvide que la huelga es un derecho de los trabajadores( art. cit. de la Constitución)
a mí me parece inadmisible cuando se hace exigiendo, como se anuncia ahora, modificaciones legales que afectan a los procesos
y a los derechos, obligaciones, deberes y cargas que en ellos puedan tener los
justiciables. Baste decir que las reglas y normas procesales no es, ni pueden
ser nunca, materia laboral, objeto de trabajo, que se pueda pactar entre el patrono (Estado) y trabajador(juez) entre otras cosas porque son el conjunto de normas
que forman el proceso donde el ciudadano pide la tutela judicial efectiva (art.
24 de la Constitución).
Si algún día se regula el derecho
de huelga (en este caso, el de los jueces y magistrados) habría que hilar muy
fino y definir hasta dónde el juez es un “trabajador” y hasta donde un "órgano" del Estado.
Valentín Cortés
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