Miércoles 16 de Mayo de 2018
Las
declaraciones del Sr. Sánchez
Recoge la prensa las declaraciones
del Sr. Sánchez (PSOE) a TVE en las que ha manifestado que va a proponer una modificación
del Código Penal para adecuar el delito de rebelión a las circunstancias
actuales.
Se trata, sin duda, de una importante
propuesta de política de Estado de absoluto contenido jurídico.
Realmente, la rebelión que pensó
nuestro legislador penal estaba centrada en golpes de Estado, alzamientos,
pronunciamientos, etc. militares o armados. En ese sentido, todos pensaban, hasta
hace unos meses, que las rebeliones podían venir del propio aparato del Estado,
pero siempre que éste fuera de esencia y contenido militar o armado. En este
contexto, sin duda, está basada la propuesta del Sr. Sánchez.
Pues bien, lo importante de la aplicación del Derecho
por los jueces es que se hace a través de la interpretación de los hechos que se dan en la realidad y de su encaje
en el supuesto de hecho de la norma que se ha de aplicar, todo ello de
acuerdo con la realidad social del tiempo
en que se han de aplicar las normas ( art. 3.1 del Código Civil); y aunque
el art. 4.2 de ese mismo Código afirma que las leyes penales no se “aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos
expresamente en ellas”, nos parece evidente que lo que determina la rebelión
no es sino la violencia, que no tiene
que ser física, ni armada, ni de carácter militar, porque hoy nadie puede poner
en duda que son muchas mas perniciosas, social y familiarmente, otro tipo de
violencias que no son las propiamente físicas.
De modo que no me parece mal la
propuesta del Sr. Sánchez, pero bastaría con aplicar el sentido común y los
principios generales de interpretación de las normas para condenar a los
acusados de rebelión por la comisión de ese delito.
Valentín Cortés
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