Martes, 18 de Junio de
2013
El Consejo General del Poder Judicial
impone una sanción disciplinaria a un Magistrado.
He leído en www.elmundo.es de hoy(
también está en otros medios de comunicación) que un Magistrado de la Audiencia
Nacional ha sido sancionado por una falta grave de consideración a un imputado
al que dijo que si él (el magistrado) hubiera sido su escolta le hubiera dado
un culatazo (al imputado). Se refería
a unos incidentes que habían ocurrido el día anterior en el juicio que se
seguía contra ese imputado.
No sé cómo terminó ese juicio,
pero,quizá, me atrevería a decir que el Sr. Juez de referencia hubo
necesariamente de abstenerse de conocer (art. 219,9ª de la Ley Orgánica del
Poder Judicial)(LOPJ) porque esa frase no parece muy amistosa y entraña, bajo
mi criterio, una enemistad o animosidad
extrema y manifiesta con el imputado. Si el juicio se hubiera celebrado hoy
ese juez se debería abstener por la causa 5ª de dicho artículo (“haber sido
sancionado disciplinariamente en virtud de expediente incoado por denuncia o a
iniciativa de alguna de las partes”). Pero, lamentablemente, me temo que no se
abstuvo porque la prensa no dice nada al respecto.
Lo llamativo, además, es que se la haya impuesto una sanción de 600 €,
cuando la gradación de la sanción llega
hasta 6.ooo € (art.420 LOPJ).
Es inevitable y urgente que se revise todo el sistema de
responsabilidad de los jueces y magistrados. La grandeza de la Justicia se lo
merece.
Valentín Cortés
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