Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 3 de mayo de 2013


Viernes 3 de mayo de 2013

Un auto de la Audiencia Provincial de Madrid, en pleno, en materia de proceso monitorio



Es sabido que el proceso monitorio sirve en España, y en todo el continente europeo, no solo para cobrar judicialmente cantidades debidas (documentadas convenientemente, pero sin exigencias de grandes condiciones formales), sino también para que en el mercado se produzca una mayor intensidad en el cumplimiento de las obligaciones, porque la protección judicial es en esos procesos sumaria, rápida y barata. Así lo demuestran las estadísticas judiciales.
Ahora la Audiencia Provincial de Madrid en pleno ha resuelto  en el auto de 4 de Marzo de 2013, que ahora he conocido,un recurso de apelación de un auto dictado por un Juzgado de Madrid y ha decidido, dice que  aplicando la sentencia del Tribunal Europeo en materia de cláusulas abusivas en contratos de  consumidores, que el juez deberá examinar de oficio, antes de iniciar el proceso monitorio, si el contrato que da lugar a la demanda en el proceso monitorio tiene o no cláusulas abusivas en materia de derecho de consumidores. A afectos prácticos esto significa que el proceso monitorio, que exige rapidez, sumariedad y que tiene preponderante función ejecutiva, no se aplicará en materia de consumidores.
Pero, además, poco se compagina tal decisión con la Ley española, que ha establecido que es el secretario quien decide, siempre que no haya oposición.
Posiblemente la Audiencia podría haber ideado alguna otra solución mas acorde con la naturaleza del proceso monitorio,y sin necesidad de convertirse en legislador.
Valentín Cortés  

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