Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 30 de junio de 2015

Martes, 30 de Junio de 2015

El Sr. Homs y la nulidad inconstitucional

La semana pasada hablé de esto, pero no me resisto a hacerlo de nuevo. He leído en la edición nacional de ABC que el Sr. Homs, portavoz de la Generalidad catalana, ante el recurso del Gobierno a las normas jurídicas que organizan la estructura del estado independiente futuro(¡), ha manifestado que el recurso llega tarde y que el grueso del trabajo ya está hecho. Lo dice, manifiesta el periódico, mofándose.
Todo esto me recuerda a aquella astucia que, también Homs, ponderaba y veía en Mas.
Pero en Derecho, la nulidad cuando llega nunca llega tarde. Realmente, arrasa, y si es nulidad radical, como la que declara el Tribunal Constitucional,, arrasa  de raíz.
Con todo mi respeto para el Sr. Homs, debería repasarse la teoría de la nulidad de los actos jurídicos, por ejemplo, en la obra de Federico de Castro.
Valentín Cortés

lunes, 29 de junio de 2015


29 de Junio de 2015

El nuevo Código Penal

No soy penalista, pero la reforma del Código Penal que entra en vigor en esta semana supone casi un nuevo sistema penal. Por tanto, no se menosprecie.

Hoy, de esa manera condicionado, me detengo sólo en la despenalización de un gran número de actos que hasta ahora eran considerados faltas penales. Algunos medios de información, antes y ahora, han puesto en  valor que esta despenalización aliviará a los jueces, pues esos hechos serán sancionados por la Administración.

Cualquier reforma de cualquier ley que se haga sin método y sin sistema está condenada al fracaso, y está en particular de la despenalización  de las faltas (que no tiene ni pies ni cabeza), no sólo no disminuirá la labor de la Administración de Justicia, sino, que trasladándola, aumentará la de los jueces de lo contencioso administrativo, pues, como es lógico, la sanción de la autoridad administrativa deberá tener necesariamente su acceso  a la Justicia ( instancia, recurso,  ¡hasta amparos!).

Valentín Cortés

 

 

viernes, 26 de junio de 2015


Viernes 26 de Junio de 2014

 

Otra vez la Generalidad de Cataluña

La prensa digital se hace eco de la rueda de prensa, tras la reunión del Consejo de Ministros, en la que se ha dado cuenta del acuerdo del Gobierno de plantear un conflicto de competencias, ante el Tribunal Constitucional, por el decreto aprobado en su día por el Gobierno catalán por el que se crea un comisionado para la transición nacional. De nuevo el conflicto será admitido por el Tribunal Constitucional y será suspendida su ejecución; y meses más tarde, de nuevo, esa decisión del Gobierno catalán será anulada por inconstitucional. No será la enésima vez, pero sí será la repetición  de tantas ocasiones anteriores donde el Gobierno catalán conscientemente ha violado la Constitución, para conseguir su ruptura por la vía de hecho.

El tratamiento jurisdiccional-constitucional puede parecer cansino, pero es imprescindible; aunque cualquier jurista entiende que la Constitución y el Código Penal admiten otras vías, hasta ahora poco exploradas, y que, al final, llevarán necesariamente al Estado a acordar la suspensión de la Autonomía y a los Tribunales a inhabilitar a esas autoridades por manifiesta y continuada prevaricación.

Porque, otra solución no se me ocurre dentro de la Constitución, que sólo puede modificarse con el voto favorable del pueblo  español, que es precisamente donde reside la soberanía nacional.

Valentín Cortés

jueves, 25 de junio de 2015


Jueves 25 de Junio de 2015

El suplicatorio del Tribunal Supremo

Como dice el Juez Instructor de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la autorización del suplicatorio por parte de la Cámara legislativa correspondiente es previa a la imputación o procesamiento de los aforados de la Junta de Andalucía Sres. Chávez, Zarrias, y demás acusados.

El auto del Tribunal Supremo es una muy concreta y extensísima relación de hechos donde el órgano judicial estima que se han producido clarísimos delitos de prevaricación, de los que no puede imputar a estos señores hasta tanto no se tramite positivamente el suplicatorio.

Bajo mi modesta opinión, y me baso sólo en la lectura del propio auto (www.elmundo.es),esta resolución se quiebra, en su relato lógico, es decir, pierde la lógica, en el folio 128 cuando niega que existan indicios racionales de malversación de caudales públicos, al considerar que esas autoridades (en concreto, los ex presidentes de la Junta y el Sr.Zarrías), no eran conocedores de que esas actuaciones favorecían ilícitamente a terceras personas. Creo que, si hay prevaricación, necesariamente tiene que haber malversación  de caudales públicos, porque todo ese sistema ideado y llevado a cabo, en contra de los informes y advertencias del Interventor General, no se hace si no es para favorecer, ilícitamente, a terceros, como realmente ocurrió. ¿Para qué si no?

Valentín Cortés

miércoles, 24 de junio de 2015


Miércoles 24 de Junio de 2015

 

El tratamiento de los detenidos.

Al hilo de la discusión de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) en el Senado, leo en la edición nacional del diario ABC que las asociaciones de editores y periodistas han denunciado que la prohibición de grabaciones en las detenciones, que prevé el proyecto, pone en peligro el derecho a la información. Es evidente que la información no es sólo una foto o un video; la información es la divulgación de una noticia sobre un hecho, sobre una detención, y eso se puede hacer por escrito u oralmente.

Cabe recordar que el actual art. 520.1 LECrim ya establece que la detención se practicará en la forma que menos perjudique al detenido en su persona, reputación o patrimonio. Puede ocurrir que la imagen, como medio de la noticia, sea la forma que más perjudique a la persona, la reputación o el patrimonio  del detenido (como fue el caso de la detención por unas horas del Sr. Rato).

Por eso, así sin matices, me parece muy dudosa jurídicamente la postura de esas Asociaciones

Valentín Cortés

martes, 23 de junio de 2015


Martes 23 de junio de 2015

 

La Justicia es del Estado

He leído en www.expansion.com un titular que me ha parecido imperdonable, máxime en los momentos actuales: “La justicia catalana anula el concurso de adjudicación de ATLL ganada por Acciona”.

He protestado muchas veces por la falta de formación de los periodistas y por la ligereza que los caracteriza.

No existe ninguna “justicia catalana”, como no existe la gallega, ni la andaluza. Es tan elemental como leerse los arts.  117 y ss y 149,1,5º de la Constitución: La Justicia es un poder del Estado, que la ejerce de forma exclusiva y excluyente a través de los jueces y tribunales que son  órganos del Estado.

El Tribunal Superior de Cataluña no es un órgano de la Generalidad Catalana, sino del Estado, que ejerce sus competencias, en materia contenciosa administrativa, que es de lo que se trata en la noticia, en asuntos de los que decide la Generalidad.

Valentín Cortés

lunes, 22 de junio de 2015


Lunes 22 de Junio de 2015

 

¡No me cabe en la cabeza!

Bien, es verdad, que mi cabeza es de jurista y pequeña. Pero hoy, como podía ser ayer y será mañana, unos cuantos concejales, e incluso el alcalde de Cádiz, han entorpecido un desahucio. Bien, por la carga política que no discuto, y hasta bien por la demagogia, que me parece deleznable.

Pero, digo: el desahucio es el cumplimento de una sentencia judicial firme, que declara derechos y obligaciones. No me cabe en la cabeza que una autoridad que ha prometido, me imagino, cumplir la Constitución (art. 118 Constitución española: “es obligado cumplir las sentencias…..”)haga lo posible para que no se cumplan.

Si esos políticos quieren arreglar el problema humano, que lo arreglen, pero sin quebrar los cimientos del Estado de Derecho y sin violar los derechos de los que han sido amparados por la sentencia.

Valentín Cortés