Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 12 de noviembre de 2024

 

Martes 12 de Noviembre de 2024

El derecho de defensa de la Sra. Begoña Gómez

Ha causado un gran revuelo en la prensa conocer que la Sra. Gómez, que ahora también va a seguir siendo investigada por apropiación indebida de un software de la Universidad Complutense, haya pedido al Juez que anule su citación (para tomar conocimiento de la querella que se interpuso contra ella y para citarla a declarar) al encontrarse de viaje oficial en Brasil el mismo día de la citación.

 El derecho de defensa de la Sra. Gómez, como el de cualquier otra persona requiere, en primer lugar, conocer la acusación que se hace contra ella y el estado de la investigación que se haya podido hacer hasta ese momento. Ese conocimiento y la citación para declarar se puede recibir en persona, por notificación personal en su domicilio o incluso a través de la dirección letrada si la tuviera. De modo que, si esa dirección letrada ofrece, precisamente en virtud del ejercicio del derecho de defensa, recibir la notificación de la acusación y de la citación para declarar, no debería haber ninguna dificultad para cambiar la providencia y hacer una notificación a través de la dirección letrada. La garantía para el ejercicio del derecho de defensa es la misma se haga de una u otra manera, máxime cuando, como en el caso, esta querella ya se había notificado antes del incidente de competencia que se planteó y que ahora ha resuelto la Audiencia Provincial.

Otra cosa es que se alegue para ello un viaje oficial, que parece que no lo es, o que la invitación recibida de la esposa del Presidente de Brasil sea al parecer posterior a la fecha en la que se efectuó la citación. Esto plantearía el problema de si la mecánica del juzgado se debe adaptar a la voluntad del querellado o es éste quien se debe adaptar a la mecánica y a lo decidido por el Juzgado. Esto es lo que tiene que  decidir el Juez

Valentín Cortés

 

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