Miércoles 24 de Enero de 2024
La amnistía a los delitos de
terrorismo: una prueba más de la arbitrariedad de la futura ley
Desde el punto de vista
constitucional, añadir a la futura amnistía delitos de terrorismo no añade
ningún plus de inconstitucionalidad a la ley que se está discutiendo. Por eso cuando
la prensa de hoy habla de “líneas rojas” que el Gobierno se salta no se sitúa
en el plano jurídico-constitucional, sino en el de la moral pública que
impera en la sociedad española, especialmente sensible con el terrorismo. En
ese sentido, esa incorporación es una muestra de la amoralidad del
Gobierno y sus socios.
Como digo, desde nuestro punto de
vista, ni siquiera la incorporación de esos delitos añade un plus de
inconstitucionalidad; el proyecto de ley es desde su gestación una criatura
inconstitucional y este hecho nuevo no es sino un acto probatorio más de la
gran causa de inconstitucionalidad que arrastra el proyecto: su clamorosa
arbitrariedad ( art.9 Constitución), que aún se ve más clara con esta negociación
entre la parte otorgante de la amnistía ( ¡obsérvese el dato que quien negocia
desde esta parte es el Gobierno!) y la parte favorecida por ella: este remiendo
al proyecto legislativo impuesto por el chantaje político de los independentistas
catalanes al Presidente de Gobierno,
para amnistiar a sus protegidos, es otra prueba más de esa arbitrariedad,
otra prueba aún más clara que las anteriores.
En otras palabras, no se puede aprobar esa ley
sino desde la arbitrariedad del Poder legislativo, que, como otras veces hemos
dicho, se ha convertido en el brazo tonto del Poder Ejecutivo y en el
pésimo remendón de los desafueros de éste.
Valentín Cortés
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