Lunes 13 de Febrero
de 2023
La IA en la
Justicia
No
es raro el día en el que la prensa no hable de la IA y su influencia en nuestra
vida actual y en la que nos llegará de inmediato. Y no son pocas las ocasiones
que he oído y leído comentarios y trabajos sobre la incidencia de la IA en la
Administracion de Justicia. Con las limitaciones de nuestro medio de expresión
de opiniones (blog) quisiera exponer una sola idea al respecto.
Por
referirme únicamente a lo fundamental en la Administración de Justicia, su acto
esencial es la sentencia judicial; es decir, la aplicación del Derecho
al caso concreto para resolver los conflictos jurídicos de forma definitiva y
con validez de futuro (lo que llamamos cosa juzgada). Ello se hace tras el
conocimiento de los elementos fácticos del conflicto y de su valoración probatoria,
porque se dicta sentencia no sobre hipótesis, sino sobre realidades. La Constitución
(art. 117.1), por eso, afirma que “la Justicia se administra (…) por jueces y
magistrados (…) independientes, responsables y sometidos únicamente al
imperio de la Ley”. Ese mandato constitucional no es caprichoso, sino que
es el trasunto de siglos de civilización en los que la sociedad ha renunciado a
la autodefensa en el conflicto, sustituyendo la ley del más fuerte, por su solución
por lo que ahora llamamos Estado y por sus órganos, los jueces; por eso la Justicia,
que ejerce el Estado, dice la Constitución que “emana del pueblo”: es el pueblo
quien cede su Poder al Estado.
Por
tanto, para que, al final la Jurisdicción sea la de las “maquinas”, con los
efectos que ahora tienen las sentencias judiciales, se tendría que hacer el
largo recorrido cultural que inexorablemente imponga un cambio constitucional, difícil
de imaginar, basado en el consenso en la sociedad de que es mejor ceder la Administración
de la Justicia a una “maquina” que a una persona. Lo que no es óbice, para que en
actos no esenciales de la Administración de Justicia acudamos al final a la IA.
Valentín Cortés
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